Resolución número 378/2023
Desestimación. Prohibición de arraigo versus principio de proximidad en retirada residuos. Directivas europeas. Doctrina TSJUE. Doctrina Tribunal Supremo. Criterio de adjudicación proporcional.
Desestimación. Prohibición de arraigo versus principio de proximidad en retirada residuos. Directivas europeas. Doctrina TSJUE. Doctrina Tribunal Supremo. Criterio de adjudicación proporcional.
Desestimación. Tejido óseo. Exención de IVA. Almacenamiento.
Desestimación de recurso al no cumplir el suministro con las prescripciones técnicas mínimas requeridas.
La subsanación de errores en la oferta técnica y en criterios evaluables mediante fórmula sólo cabe de forma excepcional y en aplicación del criterio antiformalista cuando no supongan modificación de la oferta.
Desestimación. Error en la descripción de la mejora, que no afecta a su contenido y valoración. Plan económico adecuado.
Desestimación. Exclusión por incumplimiento prescripciones técnicas. Legitimación para recurrir adjudicación.
El trámite de subsanación concedido a la adjudicataria no supone modificación de la oferta. No se conculcan los principios que rigen la contratación pública. Aplicación del principio antiformalista.
Recurso contra la adjudicación de contrato de obras por incorrecta valoración de la oferta de la recurrente en cuanto a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica. No se aprecia arbitrariedad en el juicio técnico.
Los pliegos se convierten en lex contractus. La presentación de la oferta asume de forma íntegra y sin merma alguna todo su contenido. La habilitación profesional requerida en ellos, no puede variarse a conveniencia del licitador recurrente.
Recurso contra exclusión de licitadora que no acredita disponer de plan de igualdad tras el requerimiento de la Mesa. Exclusión conforme a Derecho, pues el plan aportado no se encuentra vigente y el aportado en vía de recurso no estaba aprobado ni solicitada inscripción a fecha de exclusión. No cabe aplicar self-cleanig ni subsanación del requerimiento en el trámite del 150.2 LCSP.