Resolución número 018/2021
Se excluye la oferta por no cumplir el suministro los requisitos técnicos. Desestimación.
Se excluye la oferta por no cumplir el suministro los requisitos técnicos. Desestimación.
Se estima parcialmente el recurso contra la adjudicación de un lote de un contrato de suministro médico. Se anula la adjudicación por incumplir la oferta del adjudicatario el PPTP. Se desestima falta de transparencia por no publicar el informe de valoración por tratarse de criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas, art. 63.3.e) LCSP. No se produce indefensión al tener acceso al expte y no existe vulneración del secreto de la oferta.
Desestimación recurso especial presentado por empresa propuesta como adjudicataria. No subsanación documental de las características técnicas del producto objeto de suministro.
Estimación de recurso contra un contrato de suministros de vestuario para la policía local del Ayuntamiento de Valdemoro. La acreditación de la solvencia se efectuará con la aportación de muestras de todas las prendas así como de los certificados que avalen su composición y calidad. Dicha acreditación valdrá también para comprobar la adecuación de la oferta a los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones. El adjudicatario no aporta muestras de todos los artículos ni sus correspondientes certificados y parte de las aportadas no cumplen con los requisitos mínimos exigidos.
Estimación de recurso contra exclusión en contrato de suministro. Acreditación de solvencia económica y financiera mediante volumen anual de negocio acreditado mediante cuentas anuales aprobadas antes de finalizar el plazo de presentación de ofertas, depositadas en el Registro Mercantil con fecha posterior, acreditación de requisito en subsanación. Plazos prorrogados por normativa COVID-19. Arts. 74, 86, 87, 92 y 140 de la LCSP.
Inadmisión por extemporáneo.
Inadmisión recurso especial contra la propuesta de adjudicación realizada por la mesa de contratación. Acto de trámite no susceptible de recurso conforme al artículo 44.2.a) de la LCSP.
Anulación de un inciso de una cláusula del Pliego que permite no concurrir a todos los códigos de un lote que tengan la misma composición, dejando en manos del órgano de contratación su determinación. Interdicción de la arbitrariedad. La aclaración del órgano de contratación no es tal sino una modificación, procediendo retrotraer las actuaciones con reapertura de plazo para licitar.
Terminación del procedimiento de recurso especial contra adjudicación de contrato de suministro, por imposibilidad de continuar la tramitación del recurso por causa sobrevenida, al haberse anulado el procedimiento impugnado por Resolución estimatoria del Tribunal con objeto de un recurso anterior. Desaparece el objeto de impugnación. Arts. 84.2 LPACAP y 56.1 LCSP.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministros. Falta de legitimación activa del recurrente al ser el tercer clasificado, art 55.b) LCSP.