Resolución número 179/2018
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicio de limpieza al no quedar acreditada la insuficiencia del presupuesto de licitación invocada por la recurrente.
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicio de limpieza al no quedar acreditada la insuficiencia del presupuesto de licitación invocada por la recurrente.
Estimación de recursos interpuestos contra los Pliegos de un acuerdo marco de suministro de gases. Solvencia económica incorrecta, debe referirse al “mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Tampoco cabe la adjudicación directa de los contratos basados inferiores a 5.000 euros. Debe aplicarse el artículo 221.6.a) de la LCSP.
Declaración de concluso el procedimiento de recurso especial en materia de contratación interpuesto contra el Anuncio de licitación y los Pliegos de contrato de servicios ante la imposibilidad material de su continuación por pérdida sobrevenida del objeto con posterioridad a su interposición, al no haberse presentado licitadores al procedimiento de contratación.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de contrato de servicio de transporte a una empresa incursa en baja desproporcionada que ha justificado la viabilidad de su oferta al no acreditar la recurrente que el órgano de contratación excediera los límites de la discrecionalidad técnica que le es dada en la apreciación de la viabilidad.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por falta de legitimación activa de la recurrente, licitadora excluida en firme. (d)
Estimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de vigilancia con servicio de central receptora de alarmas (CRA). Necesidad de habilitación para ambas actividades. La empresa adjudicataria está habilitada como empresa de seguridad y pretende subcontratar la CRA con otra empresa habilitada. Subcontratación no permitida: la normativa de seguridad privada requiere que el servicio se preste directamente por la empresa contratada y la subcontratación solo es posible entre empresas habilitadas. (d)
Estimación de recurso contra Acuerdo de la Mesa de contratación por el que se tiene por retirada la oferta de la recurrente en el procedimiento de licitación de contrato de servicios, al haber aportado la documentación para ser adjudicatario fuera del plazo establecido para ello, por correo pero habiendo comunicado el envío. Retirada de la oferta presunción iuris tamtum desvirtuada. No afectación del principio de igualdad en esta fase del procedimiento. Eficiencia en la compra pública. (d)
Aceptación del desistimiento de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios.
Aceptación del desistimiento expreso de recurso interpuesto contra Pliegos de contrato de servicios.
Desestimación de recurso contra la exclusión de una UTE de la licitación de un contrato de servicios por subsanar la documentación administrativa fuera de plazo. El pliego preveía la notificación de los defectos y subsanaciones de forma electrónica mediante la publicación en el tablón. El plazo concedido fue correcto pero la empresas no realizaron la subsanaron. Exclusión correcta.