Resolución número 026/2018
Estimación de recurso contra la consideración como inviable de una oferta considerada anormal o desproporcionada: no está incursa en el supuesto de anormalidad previsto en el PCAP.
Estimación de recurso contra la consideración como inviable de una oferta considerada anormal o desproporcionada: no está incursa en el supuesto de anormalidad previsto en el PCAP.
Desestimación de recurso contra la exclusión de una oferta incursa en presunción de temeridad que no ha justificado la viabilidad.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al ser correcta la valoración de oferta de la recurrente, que respecto del criterio relativo a la planificación de la Supervisión y Apoyo Técnico, solo aporta un compromiso no valorable.
Inadmisión de reclamación contra los pliegos de un contrato sujeto a la LCSE por extemporáneo.
Desestimación de recurso contra la adjudicación y su exclusión de un contrato de servicios de atención psiquiátrica, por incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Desestimación de recurso contra los Pliegos de un servicio de seguridad. Condición especial de ejecución: aplicación de los salarios del convenio colectivo estatal. Pronunciamientos previos del Tribunal en otras Resoluciones: 196/2017 de 5 de julio, 331/2017 de 8 de noviembre. Multa por temeridad.
Desestimación de recurso contra la exclusión de una empresa por haber introducido la oferta económica en el sobre que contiene los documentos para valoración de los requisitos previos.
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios de gestión integral de residuos al resultar motivada su no división en lotes. Adecuación de la previsión de que la gestión se realice íntegramente fuera del Hospital correspondiendo la decisión al órgano de contratación, sin que vulnere ningún principio de la contratación pública.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de limpieza al no haberse aplicado para valorar subcriterios no permitidos en los pliegos, sino que se ha motivado la forma de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor.