Resolución número 148/2019
Inadmisión recurso por extemporáneo.
Inadmisión recurso por extemporáneo.
Inadmisión recurso especial al ser el valor estimado del contrato de servicios inferior a los 100.000 euros previstos en el artículo 44 1a) de la LCSP.
Inadmisión de recurso contra un contrato de servicios por extemporáneo. El inicio del cómputo del plazo para la interposición del recurso se inicia con la puesta a disposición de los pliegos a los licitadores, en el presente caso fueron puestos a disposición mediante inserción en la PCSP días antes de publicar el anuncio de licitación, por lo que el recurso deviene extemporáneo.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de defensa jurídica ante los Tribunales. Correcta acreditación de la solvencia económica con medios ajenos. La solvencia técnica se ha acreditado. Interpretación de los Pliegos mas favorable para los licitadores.
Estimación de un recurso contra el acuerdo de la Mesa por el que se considera retirada la oferta. Se ha acreditado suficientemente la disponibilidad de la cocina de apoyo exigida en el Pliego.
Exigencia de habilitación para la prestación del objeto del contrato. No existe necesidad de autorización administrativa. Incumplimiento del artículo 100 de la LCSP. Correcta aplicación por el órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra el PCAP de acuerdo marco de contrato de servicios. No necesario presupuesto base de licitación. Desagregación de costes del presupuesto unitario por plaza ocupada/día en el PCAP. Calculo de costes considerando convenio colectivo de aplicación. Valor estimado sobre previsión de plazas a ocupar y posibles modificaciones durante la duración total del acuerdo marco. Servicio de continuidad, no necesarias consultas preliminares del mercado. Información a interesados, publicación de las aclaraciones efectuadas.
Desestimación de recurso contra los pliegos de contrato de servicios de limpieza. Subrogación de personal según convenio colectivo de aplicación. Desagregación de costes del presupuesto base de licitación en el PCAP. Presupuestación según objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto.
Desestimación recurso patronal. Alegación deficiencias información personal a subrogar.
La recurrente no subsana la documentación acreditativa de la representación de la empresa recurrente. Se declara concluso el procedimiento.