Resolución número 348/2019
Desestimación recurso. La solvencia técnica requerida en un servicio de gestión tributaria de compatibilidad con un programa informático no vulnera la concurrencia.
Desestimación recurso. La solvencia técnica requerida en un servicio de gestión tributaria de compatibilidad con un programa informático no vulnera la concurrencia.
Inadmisión de recurso contra un contrato de servicios. Se funda en la imposibilidad de ampliar el plazo inicialmente concedido para la presentación de informe de viabilidad de la oferta. (art. 149LCSP). Impugna el acuerdo de la mesa por la que se clasifica, siendo un acto de tramite que no pone fin ni impide continuar el procedimiento por lo que se considera que no es recurrible.
Desestimación de recurso contra contrato de servicios en el que la Mesa excluye al recurrente por haber alterado el orden de presentación de ofertas. Doctrina sobre el levantamiento del secreto de las ofertas y la contaminación del criterio técnico.
Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios de mantenimiento de equipos de seguridad. Se requiere una solvencia desproporcionada. El órgano de contratacion pretende allanarse. Teoría sobre la imposibilidad de allanarse por la adminsitración y necesidad de determinar la clasificación económica aunque no sea preceptiva su aportación. Nulidad de actuaciones por ambos motivos.
Inadmisión recurso especial. Recurso contra la valoración de la Mesa de Contratación. Acto de trámite no cualificado.
Desestimación recurso especial. Adjudicataria cumple los requisitos del PCAP en cuanto habilitación profesional para tareas de seguridad accesorias al realizar la subcontratación permitida en los Pliegos.
Recurso contra pliegos. Se tiene por concluido el procedimiento al haberse declarado desierto.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios educativos. La puntuación otorgada a la recurrente es correcta ya que cumple el requisito de la titulación del apartado c) en todos los profesores pero ha incluido a profesores nativos, considerando el órgano de contratación que estos últimos únicamente pueden ser valorados en el apartado b), independientemente de la titulación que tengan.
Inadmisión de recurso especial contra el acuerdo de la mesa de contratación por la que se admite la viabilidad de la oferta de adjudicataria. Acto de trámite que no pone fin al procedimiento ni produce indefensión. Acto no recurrible.
Inadmisión de recurso especial por falta de legitimación. El recurrente fue excluido de la licitación por baja temeraria. No solicita la exclusión del adjudicatario. Hay otras seis empresas admitidas. La estimación del recurso no mejoraría su posición en la licitación.