Resolución número 043/2019
Desistimiento del recurrente contra el recurso presentado por distintas cláusulas de los pliegos de condiciones de un contrato de servicios. El desistimiento provoca la pérdida del objeto del contrato.
Desistimiento del recurrente contra el recurso presentado por distintas cláusulas de los pliegos de condiciones de un contrato de servicios. El desistimiento provoca la pérdida del objeto del contrato.
Desestimación de recurso contra pliegos, de servicios, con criterio único de adjudicación. Interpretación artículo 145.3. g) de la LCSP. (d)
Desestimación de un recurso contra los pliegos de un contrato de defensa jurídica ante los Tribunales. El contrato no es SARA por su cuantía, artículo 22.1c). Es del Anexo IV. La solvencia económica prevista no es excesiva y además se puede sustituir por el seguro de indemnización según el artículo 87.3 b) de la LCSP.
Inadmisión de recurso formulado contra el pliego de cláusulas administrativas particulares en un contrato de servicios por no subsanar la falta de representación por parte del recurrente.
No inclusión en Pliegos el modelo DEUC. Impugnación fórmula matemática valoración de precio.
Exclusión por carecer de la habilitación legal exigida para cumplimiento de contrato. Inhabilitación de empresa de seguridad. Prohibición de subcontratación en Pliegos. Estimación parcial.
Desestimación del recurso interpuesto contra el rechazo de una oferta por considerarla inviable a la vista de la justificación efectuada. Insuficiente dotación económica para determinados capítulos de gastos y ausencia de motivos que justifiquen la disminución del precio en ellos.
Inadmisión de la reclamación interpuesta contra la propuesta de adjudicación de la Mesa de contratación. El Acuerdo de propuesta no es uno de los actos recurribles de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP. Tampoco puede considerarse que sea un acto de trámite cualificado en tanto en cuanto requiere su aceptación por el órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios por incumplimiento de requisitos mínimos exigidos y por alteración del secreto de la oferta. Se comprueba la adecuación de la oferta presentada a los requerimientos del PCAP y PPT. Se considera que no se ha vulnerado el secreto de la oferta al no constar claramente el contenido de la mejora evaluable automáticamente en el sobre que alberga la oferta que se calificará mediante juicio de valor.
Desestimación de un recurso contra la inadmisión de una oferta presentada en papel cuando los pliegos establecen el procedimiento de contracción electrónica. Vulneración del artículo 139.1 LCSP. Imposibilidad de subsanar.