Resolución número 213/2021
Desestimación del recurso contra la adjudicación. Subsanación en el trámite de adjudicación.
Desestimación del recurso contra la adjudicación. Subsanación en el trámite de adjudicación.
Estimación de recurso contra la exclusión en un contrato de servicios. Los motivos de la exclusión en el procedimiento de adjudicación han de ser claros y responder a incumplimientos expresamente previstos en los pliegos que rigen la contratación o la LCSP. Los posibles incumplimientos en la ejecución de la prestación, de producirse, se solventan mediante la imposición de las penalidades, resolución del contrato o incluso prohibición de contratar, que expresamente regulan los pliegos y la LCSP.
Desestimación de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Convenio Colectivo de aplicación, conforme a lo dispuesto en los arts. 100.2 y 102.3 LCSP. El PCAP recoge el Convenio Sectorial en vigor en el momento de elaborar el presupuesto. Los incrementos de costes laborales del nuevo Convenio no se cuantifican por el recurrente, quedando acreditado que son nimios frente al presupuesto total del contrato, el cual atiende a los precios generales de mercado.
Desestimación del recurso. La valoración de los criterios técnicos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se ha realizado conforme a lo establecido en los pliegos.
Inadmisión de recurso especial que fue presentado ante el registro del TACRC en último día del plazo, siendo remitido al día siguiente al registro de este Tribunal. No realizó comunicación alguna sobre la presentación del recurso en el registro de órganos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Recurso extemporáneo.
Desestimación de recurso especial contra los Pliegos por no justificar la exigencia de garantía provisional a los licitadores. Consta en el expediente informe justificativo al respecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.
Desestimación de recurso especial contra los Pliegos por no justificar la exigencia de garantía provisional a los licitadores. Consta en el expediente informe justificativo al respecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.
Desestimación del recurso especial contra Pliegos por no justificar en el expediente la exigencia de garantía provisional. Consta en el expediente informe justificativo, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.
Desestimación recurso especial contra los Pliegos por no justificar la exigencia de garantía provisional a los licitadores. Consta en el expediente el informe justificativo de dicha exigencia.
Desestimación del recurso especial contra Pliegos por no justificar en el expediente la exigencia de garantía provisional. Consta en el expediente informe justificativo, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.