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Resolución número 264/2022

Número de Resolución: 
264/2022
Fecha: 
Jueves, 7 Julio, 2022

Imposibilidad de obtención de los datos de los empleados a subrogar por el primer clasificado. Acreditación de la solvencia por adscripción de medios materiales a través de diversos documentos alternativos. Anulación de cláusula de aportación de precontratos en aplicación de la sentencia e-Vigilo. Utilización de las teorías antiformalistas por retraso en la aportación del reverso de un título que produciría la declaración de desierto.

Resolución número 263/2022

Número de Resolución: 
263/2022
Fecha: 
Jueves, 7 Julio, 2022

El recurrente considera que el PBL no tiene en cuenta los costes de mercado, ni la tendencia inflacionista ni los costes por despido del personal, una vez concluya el contrato. El órgano de contratación emite memoria económica en la que desglosa todos los precios, informa de su cálculo de forma precisa y ampliamente justificada, cumpliendo sobradamente con los requisitos exigidos en el artículo 100.2 de la LCSP.

Resolución número 261/2022

Número de Resolución: 
261/2022
Fecha: 
Jueves, 7 Julio, 2022

Pretende el órgano de contratación considerar deuda tributaria la participación pactada en contrato de los gastos de luz y agua por parte del contratista. Llegado el momento de acreditar la capacidad del licitador, considera que debe excluir su oferta por este motivo. El acuerdo recogido en el contrato de asumir ciertos pagos, no pueden considerarse deudas tributarias y más en el presente caso en el que la liquidación se encuentra recurrida y avalada con la garantía definitiva en su momento constituida como adjudicatarios

Resolución número 257/2022

Número de Resolución: 
257/2022
Fecha: 
Jueves, 7 Julio, 2022

Desestimación. La póliza del seguro de responsabilidad civil solo es exigible tras la adjudicación y antes de la formalización, según los pliegos, no es solvencia. A pesar que la mesa las solicitó con la documentación del artículo 150.2 de la LCSP y dio plazo de subsanación, en ambos casos con advertencia de darle por desistido si no la presentaba en plazo. 

Resolución número 252/2022

Número de Resolución: 
252/2022
Fecha: 
Jueves, 30 Junio, 2022

La capacidad y solvencia de los licitadores deben concurrir a la fecha de presentación de ofertas, sin que pueda exigirse a fecha de publicación de pliegos. Debe establecerse la posibilidad de acreditar las condiciones de solvencia técnica por medios de prueba equivalentes. La exigencia de compatibilidad con el software o aplicaciones de la Administración, cumpliendo determinados requisitos, no vulnera la concurrencia.

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