Resolución número 117/2020
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato al haberse producido desistimiento del órgano de contratación conforme al artículo 152 de LCSP. Se declara concluso el procedimiento.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato al haberse producido desistimiento del órgano de contratación conforme al artículo 152 de LCSP. Se declara concluso el procedimiento.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministro de máquinas de vending. El PCAP presenta incongruencias entre su texto en clausulado y el modelo de oferta económica. Ello da lugar a que las ofertas económicas deban aclararse en un caso y reinterpretarlas por la mesa de contratación en otros. La actuación de la mesa de contratación es correcta.
Inadmisión de un recurso contra la propuesta de adjudicación de un contrato de obras. Acto no recurrible y cuantía insuficiente. Art. 44 LCSP
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de seguridad. El criterio de adjudicación del precio se ha aplicado correctamente. Estamos ante un sistema combinado de precios, tanto alzado y precios unitarios de horas. El órgano de contratación aplicó correctamente el criterio, teniendo en cuenta como presupuesto la cantidad correspondiente a los servicios y no añadiendo como parece que hace la recurrente el presupuesto de la bolsa de horas que se valora de forma independiente.
Estimación recurso declarado desierto por no presentar la documentación. No consta acreditada en forma la notificación. Interpretación disposición adicional decimoquinta LCSP.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de inspecciones periódicas. El Tribunal comprueba que las ofertas presentadas son las que indica el órgano de contratación, y la adjudicación ha sido correcta.
Estimación de recurso especial contra exclusión de la adjudicación en varios lotes de Acuerdo marco de suministro. Mejora de plazo de entrega condicionada a stock, no procede exclusión sino la no ponderación del criterio de adjudicación relativo al plazo. La oferta ha seguido el modelo previsto en PCAP. En caso de duda solicitud de aclaración. Interpretación antiformalista. Procede aplicar los arts. 1 y 139 de la LCSP, 84 del RGLCAP, y 1.288 del C.C.
Inadmisión recurso cuando se ha presentado antes oferta.
Estimación parcial de recurso contra retirada de oferta del adjudicatario y propuesta al siguiente licitador clasificado. No formalización no imputable al adjudicatario, no procede penalidad según artículo 153.4 de la LCSP. Procede continuar la tramitación de la adjudicación del contrato con el siguiente licitador clasificado.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de defensa jurídica. El recurrente tercero en la clasificación solo esta legitimado para impugnar la adjudicación por falta de notificación. Ha sido notificada y consta en el expediente.