Resolución número 450/2019
Inadmisión de dos recursos contra la exclusión de un contrato de suministro de fondos bibliográficos por insuficiente cuantía.
Inadmisión de dos recursos contra la exclusión de un contrato de suministro de fondos bibliográficos por insuficiente cuantía.
Inadmisión de recurso por impugnar un acuerdo de la mesa de contratación que no se considera acto recurrible de conformidad con el art. 44.2 de la LCSP
Desestimación no subsanación en plazo. Basta la publicación de la subsanación en el Portal de Contratación, no exigiendo el artículo 141. 2 de la LCSP la notificación, aun cuando fuera aconsejable acompañarla de la notificación. Voto particular: no cabe tramitar como recurso especial en materia de contratación lo que es un recurso de reposición contra el acuerdo de la Mesa de Contratación.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministros para un Ayuntamiento. La notificación del requerimiento de la documentación que establece el artículo 150.2, efectuado en sede electrónica no es admitido en el plazo de diez días naturales. La resolución analiza si se trata de un rechazo o de una presunción de conocimiento del contenido de la documentación así como de los efectos de una oferta rechazada.
Desestimación de recurso contra exclusión de licitador en contrato de suministro. Improcedencia de conceder doble plazo de subsanación, vulneración de los principios de la contratación pública de no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores - artículos 1 y 132.1 de la LCSP. La admisión de documentación fuera de los plazos de presentación y subsanación supone inseguridad jurídica para todos los participantes en el procedimiento impidiendo la eficiencia de la contratación, con perjuicio para los intereses de las partes.
Desestimación de recurso contra exclusión de acuerdo marco del contrato de suministro de libros. La oferta presentada no reúne los requerimientos previstos en el PCAP. El recurrente, en el plazo de subsanación no presenta la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos para contratar con la Administración, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 150.2 de la LCSP y cláusulas 16 y 17 del PCAP.
Inadmisión del recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de seguridad y vigilancia en las oficinas de Canal de Isabel II, por no ser susceptible de recurso especial en materia de contratacion ni de reclamación. Todo ello en base a que dichos servicios figuran en el anexo B de la Ley 31/2007 y se reduce su conocimiento por el Tribunal a los aspectos referidos en los artículos 34 y 67de dicha Ley.
Inadmisión de recurso especial de contrato de suministros por extemporáneo. Se recurre la exclusión en la adjudicación del contrato, habiendo sido notificada expresamente con anterioridad. Arts 50.1.c) de la LCSP y 19.3 del RPERMC.
Estimación del recurso. La inicial apreciación de la Mesa de que el error en la oferta era subsanable era la correcta y no su rectificación posterior. La Mesa pudo saber cuál era la oferta.
Estimación parcial de recurso especial porque la corrección de errores de PPT no fue objeto de la misma publicidad que los originariamente publicados. Al ser un contrato de regulación armonizada debió publicarse la corrección el DOUE.