Resolución número 356/2024

Resolución número 356/2024
Fecha: 
19/09/2024
Número de Resolución: 
356/2024

Oferta anormal. La oferta no se encuentra incursa en baja desproporcionada por lo que no se puede tramitar el procedimiento establecido en el artículo 149.4 de la LCSP.Tampoco es posible, en este momento procedimental,  la aplicación del artículo 201 de la LCSP pues el primer párrafo de dicho precepto se refiere a la ejecución del contrato y el segundo párrafo se refiere a una potestad del órgano de contratación. No obstante corresponde al órgano de contratación verificar la correcta ejecución del contrato y el cumplimiento de la normativa, entre otra la laboral.

Número de Expediente: 
320/2024
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Acto Recurrido: 
Objeto: 
Procedencia: