Resolución número 218/2025
Fecha: 
04/06/2025
Número de Resolución: 
218/2025
Temas: 
Solvencia técnica. Acreditación. Utes. Acreditación solvencia ute. Lex contractus. Se recurre la exclusión de la UTE, dado que una de las empresas que concurren no acredita la correspondiente habilitación. La habilitación es un requisito de aptitud para contratar. Se aplica la doctrina del Tribunal y en este sentido, las dos empresas que conforman la UTE deben estar habilitadas y deben acreditar dicha habilitación. Desestimación.
Número de Expediente: 
199/2025
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Acto Recurrido: 
Objeto: 
Procedencia: 

 
	   
		