Resolución 361/2026
SOLVENCIA TÉCNICA. Recurso contra exclusión de licitador por no acreditar la solvencia técncia exigida. Desestimación. No acredita la experiencia en trabajos equivalentes al objeto del contrato.
SOLVENCIA TÉCNICA. Recurso contra exclusión de licitador por no acreditar la solvencia técncia exigida. Desestimación. No acredita la experiencia en trabajos equivalentes al objeto del contrato.
Inadmisión. Falta de legitimación. la recurrente solo basa su legitimación remitiéndose a lo dispuesto en los artículos 4.1 y 4.2 de la Ley 39/2015, sin establecer vínculo alguno más allá del cumplimiento de la norma, sin que sea posible establecer la existencia de un vínculo especial y concreto entre la asociación y el objeto de debate; ello es así porque la impugnación que por medio de este recurso se basa en lo que consideran una incorrecta acreditación de la solvencia exigida.
CERTIFICADOS SIMILARES. El PACP establece los documentos equivalentes a la presentación de un determinado certificado. El licitador no aporta toda la documentación ni en momento inicial ni en subsanación
SOLVENCIA ADICIONAL. Adscripcion de equipos materiales. Llegado al momento de acreditar la adscripcion de equipos para la ejecución del contrato, el licitador no aporta las fichas tecnicas de los equipos propuesto, aportando otras correspondientes a maquinaria de inferior categoria. Solicita la subsanación de la subsanación. Se desestima.
OFERTAS ANORMALES. Si bien la justificacion de la viabilidad de la oferta es correcta, la anormalidad viene determinada por el incumplimiento del convenio colectivo en una de las tres categorías exigidas en el PCAP. Se desestima.
ACREDITACIÓN SOLVENCIA. CERTIFICADOS CALIDAD. Adscribir un medio material (CPD) de un tercero no implica integrar solvencia, sino adscribir medios para ejecutar el contrato. Por tanto, no es causa de exclusión si no se declara en el DEUC. Deben admitirse certificados equivalentes o pruebas alternativas de calidad.
Impugnacion de pliegos. Organización de festejos taurinos. Segundo recurso contra el mismo pliego. Impugna la clausula de adscripcion de medios materiales que ya figuraba en el pliego que impugno inicalmente. Acto firme y consentido. Aportacion de medio por quien resulte adjudicatario. Mala fe. Multa. Desestimacion.
ACREDITACION DE LA SOLVENCIA TÉCNICA. La recurrente no fue capaz, tras otorgarle plazo de subsanacion, de acreditar documentalmente su solvencia técnica. Aportó declaraciones del apoderado de la empresa que no pueden ser consideradas como documentos suficientes.
SOLVENCIA. Recurso contra exclusión de licitador por no acredita la clasificación exigida en un contrato deobras. Estimación. La recurrente es una UTE. Procede aplicar el artículo artículo 52.4 del RGLCSP. No se exige, como pretende el órgano de contratación, que al menos uno de los integrantes de la UTE disponga de la clasificación exigida.
HABILITACION PROFESIONAL. SOLVENCIA TECNICA. La primera clasificada no acredita ni la habilitacion profesional por no haber concluido los tramites necesarios para ello. Asi mismo tampoco acredita correctamente la solvencia técnica, al no aportar documentación probatoria suficiente..