Resolución número 263/2023
Desestimación. No es susceptible de aclaración cuando la justificación de la oferta no ofrece dudas.
Desestimación. No es susceptible de aclaración cuando la justificación de la oferta no ofrece dudas.
Estimación. Deficiente configuración de la reserva para centros especiales de empleo. El criterio de adjudicación de subcontratación de centros especiales de empleo por empresas con trabajadores ordinarios no es un contrato reservado de la disposición adicional cuarta de la LCSP y, además, discrimina a este tipo de centros.
Recurso contra pliegos por exigen la acreditación de solvencia técnica limitativa de la libre concurrencia. Estimación. Incumplimiento del artículo 116.4 de la LCSP al no constar en el expediente de contratación justificación de la solvencia exigida.
Inadmisión de recurso especial por razón de la cuantía.
Desestimación. Límites en las mejoras: mejoras intrínsecamente limitadas por la disponibilidad de las ambulancias al inicio de la adjudicación.
Recurso contra exclusión de licitador por no incluir la documentación exigida en pliegos. Desestimación. El órgano de contratación contestó a la aclaración solicitada y la publicó en el portal, por lo que no puede alegar indefensión.
Inadmisión por extemporáneo. En virtud el artículo 2.2 y 58 del Real Decreto-ley 36/2020, los proyectos financiados con fondos FEDER tendrán un plazo reducido para impugnar el acuerdo de adjudicación a 10 días naturales.
No se ha acreditado correctamente, ni siquiera tras el trámite de subsanación, los méritos valorables de los técnicos adscritos a la ejecución del contrato. Por lo tanto se ha excluido la oferta.
Se impugna la adjudicación del contrato cuya oferta era anormalmente baja. El recurrente considera que no está justificada la viabilidad de la oferta. Se desestima el recurso. Las alegaciones no desvirtúan el informe técnico y no se aprecia error o arbitrariedad en el mismo.
Consideración de una oferta como no presentada, al haber sido alcanzada la carga completa incluidas firmas una vez transcurrido el plazo de licitación. No corresponde certificado de huella electrónica.