Otros Poderes Adjudicadores

Resolución 295/2026

Número de Resolución: 
295/2026
Fecha: 
Jueves, 11 Junio, 2026

ACREDITACIÓN SOLVENCIA. CERTIFICADOS CALIDAD. Adscribir un medio material (CPD) de un tercero  no implica integrar solvencia, sino adscribir medios para ejecutar el contrato. Por tanto, no es causa de exclusión si no se declara en el DEUC. Deben admitirse certificados equivalentes o pruebas alternativas de calidad.

Resolución 275/2026

Número de Resolución: 
227/2026
Fecha: 
Jueves, 4 Junio, 2026

VALORACIÓN DE LAS OFERTA. La reclamante no presentó junto con el Anexo XII, los CV de los perfiles profesionales ofertados. Los pliegos son claros en cuanto a la necesidad de aportar los CV, y la consecuencia de no presentarlos, pues en ese casolos criteros de adjudicación se valorarán con 0 puntos. No procede condecer un trámite para subsanar la falta de documentación. 

Resolución 253/2026

Número de Resolución: 
253/2026
Fecha: 
Jueves, 28 Mayo, 2026

PRESCRIPCIONES TÉCNICA.La oferta de la recurrente incumple una de las prescripciones técnicas exigidas en el pliego. No se pueden introducir criterios que no constan en el Pliego de Prescripciones Técnicas, para defender que la oferta cumple con los requisitos técnicos. Los pliegos vinculan a las partes en sus propios términos, son la ley del contrato. También, la recurrente impugna las ofertas de otros licitadores indicando que no cumplen con el PPT. Se reconoce legitimación al licitador excluido mientras su exclusión no sea firme, para impugnarla adjudicación del contrato. 

Resolución 239/2026

Número de Resolución: 
239/2026
Fecha: 
Jueves, 21 Mayo, 2026

OFERTA ANORMALMENTE BAJA. La justificación presentada por la reclamante para acreditar la viabilidad de su oferta, carece de un mínimo desglose económico que permita acreditar que con el precio ofertado se puede ejecutar el contrato. Si bien el informe técnico, que valora la viabilidad de la oferta, es escueto, no puede aportar una mayor  motivación,  pues la justificación presentada por la reclamante no permite realizar un análisis más detallado.

Resolución 227/2026

Número de Resolución: 
227/2026
Fecha: 
Jueves, 14 Mayo, 2026

SOLVENCIA ECONOMICA. La acreditación de la solvencia economica es acreditada con una aprobación de la sociedad recurrente, sin contar con las cuentas generales de 2024 ni estar depositadas en el Registro Mercantil, por lo que es excluida la oferta. En fase de recurso presenta la certificación del deposito de la cuenta general de 2024 en el Registro  Mercantil, pero se considera extermporanea.

Resolución 226/2026

Número de Resolución: 
226/2026
Fecha: 
Jueves, 14 Mayo, 2026

DISCRECIONALIDAD TECNICA: Se plantea un posible incumplimiento de los requisitos tecnicos exigidos en los pliegos de condiciones por parte de la oferta de la recurrente. Tratandose de un tema especialmente complejo tecnicamente al basarse en diversos programs informaticos, su desarrollo e interactividad, se considera veraz el informe técnico emitido, comprobandose los tres limites de la discrecionalidad tecnica: errore, abitrariedad y motivación

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