Resolución número 448/2025
LEGITIMACION DEL TERCER CLASIFICADO. Inadmisión del recurso por estar planteado por el tercer clasificado y no haber motivado contra el segundo, por lo que carece de interés legitimo.
LEGITIMACION DEL TERCER CLASIFICADO. Inadmisión del recurso por estar planteado por el tercer clasificado y no haber motivado contra el segundo, por lo que carece de interés legitimo.
Prohibición para contratar por incurrir el licitador en falsedad al efectuar la declaración responsable del artículo 140 de la LCSP. El órgano competente para declarar esta prohibición es el órgano de contratación, previa instrucción del procedimiento establecido al efecto (artículo 72 y 73 LCSP). Las declaraciones inexactas realizadas por el licitador en el DEUC, por no haber alegado que tenía una prohibición en otra Administración , no tienen una virtualidad que impida adjudicar el presente contrato.
Recurso especial que solicita la anulación de los pliegos de condiciones basados en dos criterios de adjudicación. Posterior desistimiento del recurso por parte de la empresa recurrente. Tribunal acuerda aceptar desistimiento.
OFERTAS ANORMALES. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que se ha incumplido lo dispuesto en el artículo 149.2 de la LCSP. Estimación. Klos pliegos no establecían los criterios para determinar que una oferta está incursa en presunción de temeridad. El único criterio de valoración es el precio. Procede la aplicación supletoria del artículo 85 RGLCAP para la determinación de si alguna oferta está incursa en presunción de temeridad. Retroacción de actuaciones.
Error formal en la oferta. Discreopancia entre la oferta en letra y en numero. Error subsanable de oficio. No modificacion de la oferta. Desestimacion
La acreditación de disponer de los medios a adscribir al contrato deberá realizarse en el trámite del artículo 150.2. de la LCSP.
INPUGNACIÓN INDIRECTA DE PLIEGOS. CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO. Recurso contra exclusión de licitador de un procedimiento de licitación reservado a CEE de iniciativa social (disposición adicional 4ª) al ser un CEE de iniciativa empresarial. Los pliegos no fueron recurridos por el licitador por lo que fueron consentidos. No procede aplicación doctrina e-Vigilo. Desestimación.
Acreditacion Solvencia. Poliza de seguros. El PCAP solicita una poliza de seguros de responsabilidad civil y profesional sin franquicias. El recurrente no presenta dicha documentacion, sino una declaracion responsable de que procedera al abono de la franquicia. Se desestima por incumplimiento de los pliegos de condiciones
Legitimación de recurrente no licitador sólo para impugnar determinadas cláusulas del PCAP. No se dan las vulneraciones de la LCSP alegadas. Desestimación de los motivos para los que se ha admitido legitimación.
Subrogación de personal. Legitimación de sindicato. No legitimación del trabajador