Resolución número 470/2022
Desestimación. Publicación informe baja desproporcionada. No se impugna la valoración del informe.
Desestimación. Publicación informe baja desproporcionada. No se impugna la valoración del informe.
Inadmisión. Falta legitimación cuarto clasificado.
Recurso contra desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. El desistimiento se fundamenta en que el valor estimado del contrato no se ajusta a los precios de mercado, existiendo sobrevaloración. La justificación es conforme a lo previsto en el artículo 152 de la LCSP.
Recurso contra el desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. El desistimiento se ajusta a lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP. Error en el cálculo del presupuesto de licitación, existiendo sobrecoste, no siendo ajustado a precios de mercado
Recurso contra el desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP. Error en el cálculo del presupuesto de licitación, existiendo sobrecoste.
Alega el recurrente que la habilitación empresarial aportada por el resto de licitadores no es válida. Analizado el expediente se constata que la habilitación aportada por el adjudicatario es conforme a los pliegos. Se desestima el recurso.
Recurso contra el acuerdo de la mesa de contratación por la que se decide dar por no justificada la oferta incursa en presunción de temeridad. Acto no susceptible de recurso, no obstante, al estar ratificada la propuesta por el órgano de contratación se entra a conocer sobre el fondo del asunto. Estimación del recurso. El informe del órgano de contratación incurre en errores de apreciación. Motivación insuficiente.
Desestimación de recursos contra un contrato de servicio de limpiezas. Los motivos fundamentales son la discrepancia sobre el convenio colectivo a aplicar y el número de efectivos necesarios y el de personal a subrogar. Incorrección de los listados enviados por las empresas salientes.
Recurso contra la exclusión de licitador que presentó tres plicas. Estimación del recurso ya que las tres contienen la misma oferta económica en una licitación con un único criterio de adjudicación, el precio. No se produce ventaja alguna para el licitador, debiendo primar el principio de concurrencia y de selección de la mejor oferta.
Desestimación. Suficiencia presupuestaria. Convenios colectivos no aplicables. Gastos inmovilizado. Gastos generales y beneficio industrial.