Limpieza/Mantenimiento

Resolución número 523/2025

Número de Resolución: 
523/2025
Fecha: 
Jueves, 11 Diciembre, 2025

SUBSANACIÓN DE OFERTAS. Recurso contra la adjdudicacióbn del contrato por considerar que la recurrente, primer clasificada, incumplía las preccripciones técncias. Estimación. La mesa de contratación debió conceder un plazo para subsanar o aclrarar su oferta, antes de proceder a su exclusión.

Resolución número 475/2025

Número de Resolución: 
475/2025
Fecha: 
Viernes, 14 Noviembre, 2025

INADMISIÓN. Reclamación contra exclusión de licitador por vulnerar secreto de las propsiciones. Inadmisión. No existe acto de exlusión por el órgano competente. Se notifica la exclusión sin que exista acto administrativo del órgano competente que la soporte.

Resolución número 465/2025

Número de Resolución: 
465/2025
Fecha: 
Jueves, 6 Noviembre, 2025

OFERTAS ANORMALES.Recurso contra la exclusión de licitador por no haber justificado su oferta incursa en presunción de anormalidad. Desestimación. Correcta motivación del órgano de contratación respecto al informe jsutificativo. Doctrina sobre justificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad.

Resolución número 442/2025

Número de Resolución: 
442/2025
Fecha: 
Jueves, 23 Octubre, 2025

Prohibición para contratar por incurrir el licitador en falsedad al efectuar la declaración responsable del artículo 140 de la LCSP. El órgano competente para declarar esta prohibición es el órgano de contratación, previa instrucción del procedimiento establecido al efecto (artículo 72 y 73 LCSP). Las declaraciones inexactas realizadas por el licitador en el DEUC, por no haber alegado que tenía una prohibición en otra Administración , no tienen una virtualidad que impida adjudicar el presente contrato.  

Resolución número 456/2025

Número de Resolución: 
456/2025
Fecha: 
Miércoles, 29 Octubre, 2025

OFERTAS ANORMALES. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que se ha incumplido lo dispuesto en el artículo 149.2 de la LCSP. Estimación. Klos pliegos no establecían los criterios para determinar que una oferta está incursa en presunción de temeridad. El único criterio de valoración es el precio. Procede la aplicación supletoria del artículo 85 RGLCAP para la determinación de si alguna oferta está incursa en presunción de temeridad. Retroacción de actuaciones.

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