Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios. Criterios de adjudicación con valoración duplicada (sujeto a juicio de valor y por aplicación de fórmulas), el criterio memoria económica no atiende a la calidad del servicio conforme al art. 145.2 LCSP, sino al coste eficacia del servicio, no sujeto a juicio de valor. También supone incumplimiento en la prelación en la apertura de sobres prevista en el art. 146.2 de la LCSP, pudiendo vulnerar el secreto de la oferta, y por tanto el art. 139.2 de la LCSP. Criterio de mejora no limitado incumpliendo el art. 145.7 de la LCSP.