Resolución número 418/2021
Desestimación del recurso. El informe técnico emitido sobre los criterios sujetos a juicio de valor es manifestación de la discrecionalidad técnica del órgano de contratación. Esta discrecionalidad igualmente se predica, en este caso, sobre la aceptación por parte del órgano de contratación de la justificación de la oferta anormalmente baja del adjudicatario, no apreciándose arbitrariedad.