Resolución número 169/2020
Desestimación de recurso contra el desistimiento del procedimiento de licitación. Cumple los requisitos exigidos por la LCSP, en su artículo 152 LCSP, en cuanto se realiza con antelación a la firma de contrato y se basa en la existencia de infracción no subsanable de las normas de preparación de los contratos. En este caso se produce como consecuencia del COVID-19 una modificación del objeto del contrato.
