(d) ACTOS FIRMES- Se plantea un recurso contra la admisión de la viabilidad de la oferta del adjudicatario, que fue acordada mediante Orden del órgano de contratación definitiva y en este momento firme. Si bien plantea el recurso contra la adjudicación y se considera legitimada por estar clasificada en segundo lugar, el Tribunal considera que el acto de admision de la viabilidad, era el que deberia haberse recurrido, al basarse el recurso presentado solo en dicha cuestión. Habiendo pasado el plazo establecido en el art. 50 LCSP para la impugnación de la Orden que acuerda la admisión de la oferta, se desestima el recurso sin entrar a conocer su fondo. No se inadmite por no presentar ninguna de las causas taxadas en el art. 55 LCSP. Voto particular.
Resolución 179/2026
Resolución 179/2026
Fecha:
16/04/2026
Número de Resolución:
179/2026
Temas:
Número de Expediente:
139/2026
Tipo de Contrato:
Tipo de Resolución:
Acto Recurrido:
Objeto:
Procedencia:
Documento:
