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Resolución número 281/2025

Número de Resolución: 
281/2025
Fecha: 
Jueves, 10 Julio, 2025

Allanamiento. Se recurre que el pliego exige un informe de un órgano externo que actualmente ya no se emite por lo que otorga una ventaja competitiva a quién lo disponga. El OC se allana. El allanamiento del órgano de contratación a la pretensión del recurrente no solo no constituye infracción alguna del ordenamiento jurídico, sino que promueve el correcto cumplimiento de las normas de contratación.

Resolución número 275/2025

Número de Resolución: 
275/2025
Fecha: 
Jueves, 3 Julio, 2025

Inadmisión. El recurso se ha interpuesto contra la propuesta implícita de rechazo de la oferta, efectuada por la Mesa de contratación, que, al asumir el informe técnico emitido, considera que no se ha justificado la viabilidad de la oferta incursa en un supuesto de baja desproporcionada. Ni el Acuerdo de la Mesa ni evidentemente el informe en sí, son ninguno de los actos recurribles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP.

Resolución número 268/2025

Número de Resolución: 
268/2025
Fecha: 
Jueves, 3 Julio, 2025

Inadmisión. Actos no recurribles. El recurso se ha interpuesto contra la propuesta de rechazo de la oferta, efectuada por la Mesa de contratación, que, al asumir el informe técnico emitido, considera que no se ha justificado la viabilidad de la oferta incursa en un supuesto de baja desproporcionada. Ni el acuerdo de la mesa, ni evidentemente el informe en sí, son ninguno de los actos recurribles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP.

Resolución número 267/2025

Número de Resolución: 
267/2025
Fecha: 
Jueves, 3 Julio, 2025

Criterios de adjudicación. Determinación. Discrecionalidad técnica. Se recurre la configuración de dos criterios de adjudicación alegando que son restrictivos de la competencia y otorgan ventajas a determinados operadores. Desestimación. Los criterios están justificados y motivados y no se acredita que los mismos sean limitativos de la concurrencia.

Resolución número 237/2025

Número de Resolución: 
237/2025
Fecha: 
Jueves, 12 Junio, 2025

Inadmisión. el recurrente impugna una resolución dictada por un órgano que integra el sector público de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades como es el Instituto de Salud Carlos III por lo que será competente para el conocimiento y resolución del recurso especial en materia de contratación, en su caso, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales

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