Preguntas frecuentes de consumo
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He realizado una compra online a un comercio de Alemania y he sido víctima de una estafa. ¿Puedo recurrir al sistema extrajudicial de resolución de conflictos del Centro Europeo del Consumidor?
No. El Centro Europeo del Consumidor (CEC) facilita un sistema extrajudicial de resolución de conflictos que es muy ágil y efectivo para conflictos que tengan que ver con la vulneración de los derechos del consumidor. Puede ayudarle a tramitar una reclamación o asistirle si decide acudir a la plataforma ODR de tramitación extrajudicial de litigios en línea.
Sin embargo, si la controversia con la empresa con la que se realizó la compra online tiene que ver con una posible estafa, el CEC no podrá asumir el asunto, que compete a la vía policial y judicial.
Si usted sospecha que ha sido víctima de una estafa online, debe ponerse en contacto con el Grupo de Delitos telemáticos de la Guardia Civil o con la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la Policía Nacional.
También puede recurrir directamente a al vía judicial para resolver el conflicto.
Para más información, consulte el siguiente reportaje sobre ciberdelitos.
¿Puedo sacar dinero en efectivo en un comercio?
Sí. Cada vez más, las operaciones comerciales se realizan con pagos con tarjetas de crédito o débito. A ello se unen nuevas fórmulas de pago, como los pagos con bizum o con sistemas electrónicos como el teléfono móvil.
Ello está reduciendo el uso del dinero en efectivo, lo que se ha traducido en la eliminación de cajeros automáticos.
Por ello, los bancos están articulando otras vías para poder disponer de dinero en efectivo si no tenemos cerca un cajero automático o una oficina bancaria. Se trata del sistema cashback o cash in shop, que consiste en poder sacar dinero en un establecimiento, utilizando nuestra tarjeta de crédito. Para ello las entidades bancarias llevan a cabo convenios con comercios o establecimientos.
El sistema funciona a través de nuestra tarjeta de crédito o débito, de tal forma que podemos pedir una cantidad determinada en efectivo en el establecimiento y abonársela a través de la tarjeta.
Esta forma de obtener dinero en metálico no tiene ningún coste añadido.
Tenga en cuenta que puede haber limitaciones a la cantidad de dinero que puede pedir en un mismo día.
Si quiere más información, puede consultar el siguiente reportaje sobre dinero en efectivo.
¿Puedo sacar dinero en efectivo en un comercio?
Sí. Cada vez más, las operaciones comerciales se realizan con pagos con tarjetas de crédito o débito. A ello se unen nuevas fórmulas de pago, como los pagos con bizum o con sistemas electrónicos como el teléfono móvil.
Ello está reduciendo el uso del dinero en efectivo, lo que se ha traducido en la eliminación de cajeros automáticos.
Por ello, los bancos están articulando otras vías para poder disponer de dinero en efectivo si no tenemos cerca un cajero automático o una oficina bancaria. Se trata del sistema cashback o cash in shop, que consiste en poder sacar dinero en un establecimiento, utilizando nuestra tarjeta de crédito. Para ello las entidades bancarias llevan a cabo convenios con comercios o establecimientos.
El sistema funciona a través de nuestra tarjeta de crédito o débito, de tal forma que podemos pedir una cantidad determinada en efectivo en el establecimiento y abonársela a través de la tarjeta.
Esta forma de obtener dinero en metálico no tiene ningún coste añadido.
Tenga en cuenta que puede haber limitaciones a la cantidad de dinero que puede pedir en un mismo día.
Si quiere más información, puede consultar el siguiente reportaje sobre dinero en efectivo.
He recibido un mensaje extraño al correo electrónico, ¿cómo puedo saber si es seguro?
En el uso diario de las herramientas de comunicación electrónicas debemos evitar ser víctimas de algunas prácticas fraudulentas. Una de ellas, conocida como phishing, es la realizada por ciberdelincuentes que, a través del correo electrónico o a través del envío de un sms, se hacen pasar por empresas o entidades para obtener nuestros datos personales.
Son varios los procedimientos que debemos seguir para asegurarnos de no caer en sus redes:
-Desconfíe de los correos escritos con errores de ortografía. Los ciberdelincuentes suelen recurrir a sistemas informáticos de traducción para enviar mensajes de forma masiva.
-Si le piden que dé una respuesta con urgencia, desconfíe. Las empresas no suelen actuar de este modo en sus comunicaciones electrónicas.
-No conteste a emails en los que le pidan datos personales o claves de acceso a sistemas.
-No pinche en ningún enlace ni descargue ningún archivo si no está seguro de la procedencia del email.
Si quiere denunciar un caso de phishing puede contactar con el Grupo de Delitos telemáticos de la Guardia Civil o con la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la Policía Nacional.
Para más información puede consultar el siguiente reportaje sobre seguridad en internet
Mi comunidad de propietarios tiene caldera de gas comunitaria para el agua caliente y la calefacción. ¿Puedo acogerme a la tarifa de último recurso de gas (TUR) si no tenemos instalados contadores individuales de calefacción o repartidores de costes?
Sí. El Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, posibilita que las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial, con un consumo anual mayor que 50.000 kWh, puedan contratar la nueva tarifa de último recurso de gas natural. Para ello deben cumplir con unas condiciones:
- tener instalados contadores individuales de calefacción o repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023.
- si el proyecto no es viable técnicamente, estas comunidades quedan eximidas de la obligación y podrán acogerse a la TUR. Sin embargo, si el proyecto se había rechazado por cuestiones económicas, las comunidades deberán instalar contadores individuales de calefacción o repartidores de costes si quieren disfrutar de la tarifa TUR.
Si su comunidad no tiene todavía instalados contadores o repartidores de coste, la solicitud de tarifa TUR debe ir acompañada de una declaración responsable en la que certifique el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos, y, en su caso, el de inviabilidad técnica, así como la autorización del proyecto por la unidad competente en esta materia, o en su defecto, del acuerdo de la Junta de propietarios en virtud del cual se haya aprobado la instalación de los contadores o repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023.
Si quiere más información, puede acceder a la normativa vigente.
He comprado unas botas por internet y las he devuelto dentro del plazo de desistimiento. ¿Pueden obligarme a pagar los gastos de devolución?
Sí. En las compras online, así como en cualquier otro formato de compras a distancia, usted dispone de 14 días naturales de derecho de desistimiento. Eso supone que, en ese plazo, podrá devolver lo que haya comprado sin necesidad de justificar las causas y le tendrán que reembolsar el dinero del artículo.
Sin embargo, el empresario puede cobrarle por los gastos que suponga la devolución como los gastos de envío o transporte.
Para poder cobrarle los gastos de devolución, deben haberle informado debidamente de la existencia de esos costes. Si no lo ha hecho, no podrán obligarle a pagarlos.
Si quiere más información, consulte el siguiente reportaje sobre compras online.
¿Puedo vender mi casa si la tengo alquilada?
Sí. Pero usted debe tener en cuenta que el futuro comprador de una vivienda deberá respetar el contrato de alquiler.
En caso de venta, el inquilino tiene derecho de adquisición preferente. Dispone de un plazo de 30 días para aceptar la oferta de compra que le haga el propietario. Si no se le ha hecho esa oferta o se vende el piso a otra persona a un precio inferior al notificado, sepa que el inquilino puede impugnar la venta y adquirirlo en las condiciones en las que se ha vendido; es el llamado derecho de retracto.
El comprador que adquiera la propiedad, tendrá que subrogar al contrato de alquiler y, en todo caso, introducir un anexo en el contrato con los datos del nuevo propietario.
Soy beneficiario del bono social eléctrico ¿Cuándo voy a recibir el bono social térmico del año 2021?
El bono social térmico es una ayuda económica para consumidores vulnerables en lo que respecta a la energía destinada a calefacción y agua caliente. Actualmente, se está gestionando el bono social térmico del año 2021. Usted tendrá derecho a recibir la ayuda, siempre que estuviera acogido al bono social eléctrico a fecha 31 de diciembre de 2020.
Si es así, compruebe si aparece en el listado de beneficiarios que ha publicado la Consejería de Familia, Juventud y Política social. Si desea cambiar sus datos bancarios también deberá comunicarlo para que le ingresen el importe en su cuenta actual.
En el caso de que no aparezca en este listado de beneficiarios, esté pendiente a las actualizaciones, ya que se irán publicando nuevos listados de adjudicación de ayudas.
Para cualquier duda o consulta, puede ponerse en contacto a través del correo electrónico bono_social_termico@madrid.org o del teléfono 900 101 768.
Si quiere más información sobre el bono social térmico, puede consultar el siguiente contenido.
¿Qué pasa si excedo el límite de mi tarjeta de crédito?
Las tarjetas de crédito, a diferencia de las de débito, permiten pagar con ellas adelantando dinero. Sin embargo, cada usuario tiene un crédito limitado que puede gastar.
Al otorgar una tarjeta de crédito, la entidad financiera determina el límite máximo de gasto que usted podrá realizar con ella al mes. Para establecer dicho límite, la entidad se basa en criterios de solvencia del cliente. Para conocer el suyo, consulte en su cuenta bancaria o llame a su banco.
Respecto al límite de crédito, hay distintas circunstancias que pueden darse. En algunos casos, las entidades tienen bloqueada la posibilidad de exceder dicho límite. En otros casos, al sobrepasar el límite personal, puede tener que hacer frente a cargos adicionales o a una tasa de interés más alta.
Póngase en contacto con su entidad bancaria y lea detenidamente el contrato donde se establezcan las condiciones de su tarjeta.
¿Cuál es la duración de un contrato de electricidad en el mercado regulado? ¿Puede darme de baja de forma anticipada?
Los contratos en mercado regulado son de duración anual, y se prorrogan de manera tácita por periodos continuados de un año.
Si usted quiere darse de baja de su contrato en Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y quiere pasar al mercado libre, sepa que puede hacerlo en cualquier momento sin coste alguno. Sin embargo, sepa que, al hacer este cambio, es importante que usted lea las condiciones de contratación, ya que la compañía puede exigirle un tiempo de permanencia que puede conllevar una penalización en caso de incumplimiento.
Para darse de baja, consulte con su compañía, que le indicará los pasos a seguir (formulario, número de teléfono, correo electrónico). Sea cual sea el procedimiento, es recomendable que solicite un justificante de la petición, para reclamar o resolver dudas en caso de incidente.
Si quiere profundizar, consulte la siguiente información sobre electricidad.
