Resolución número 373/2021
El órgano de contratación admite dos motivos. Procede desestimar el tercero.
El órgano de contratación admite dos motivos. Procede desestimar el tercero.
Terminación del procedimiento de los recursos contra exclusión de contrato de suministro. Acumulación de exptes. Terminación de los procedimientos ante el desistimiento del procedimiento de adjudicación del contrato por el órgano de contratación. Arts. 21 y 84.1 LPACAP y 56.1 LCSP.
Terminación procedimiento por renuncia del adjudicatario. Solvencia técnica: certificados calificados de falsos por el recurrente.
Pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Desestimación al aplicar el principio de cosa juzgada.
Desistimiento recurso.
Pérdida sobrevenida del objeto del recurso por anulación de la adjudicación impugnada por el propio órgano de contratación asumiendo la pretensión del recurrente.
Pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación porque el órgano de contratación desiste del procedimiento de licitación.
Desistimiento del recurso por reconocimiento de su pretensión en vía administrativa.
Desistimiento por parte del recurrente contra un contrato de servicios de RRU y limpieza viaria.