Resolución número 558/2021
Desistimiento del recurrente al recurso interpuesto
Desistimiento del recurrente al recurso interpuesto
Desistimiento del recurrente sobre el recurso interpuesto
Se acepta el desistimiento del recurso interpuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Desistimiento recurso.
Se acepta el desistimiento del recurso interpuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Recurso contra unos pliegos de condiciones que exigían un contrato de distribución con una empresa concreta de desarrollos informáticos. No se presentan ofertas a la licitación y el órgano de contratación decide prescindir de los pliegos de condiciones objeto de la controversia.
Se acepta el desistimiento del interesado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
El recurrente desiste del recurso interpuesto.
Desistimiento del recurrente a proseguir con el recurso interpuesto.
Desistimiento del recurrente en la tramitación del recurso, por lo que este pierde su objeto.