Resolución número 001/2025
Motivación de los actos. La valoración de los criterios sujetos a juicio de valor deben estar motivada de tal forma que permita dar a conocer a los licitadores por qué han recibido esa puntuación y, ante una posible impugnación del acto, permitir a los órganos revisores poder comprobar que la decisión adoptada no incurre en error o arbitrariedad.