Resolución número 245/2018
Exclusión de oferta de la recurrente del procedimiento de licitación de contrato de servicios por proponer precios superiores al tipo de licitación.
Exclusión de oferta de la recurrente del procedimiento de licitación de contrato de servicios por proponer precios superiores al tipo de licitación.
Desestimación de recurso contra la inadmisión de una oferta que no llegó a ser presentada en un expediente de tramitación electrónica. No se ha acreditado que hubiera fallos o incidencias en la plataforma que impidieran la presentación. La información ha sido correcta.
Inadmisión de recurso especial contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo en relación con la pretensión de nulidad de los Pliegos. Desestimación de recurso en cuanto a los defectos procedimentales invocados. Legitimación del Concejal.
Desestimación de recurso contra pliegos y anuncio de contrato de servicios para la redacción de un estudio para la posterior licitación de un Proyecto de Obra al no apreciarse ninguno de los defectos invocados por el colegio profesional recurrente como vulneradores de los principios que han de regir la contratación pública.
Desestimación de recurso contra los Pliegos de contrato de servicios. Presupuesto suficiente según los cálculos de ingresos y gastos aportados por el Ayuntamiento si bien el margen es escaso para permitir las bajas en la licitación y las mejoras previstas.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. Valoración de criterios sujetos a juicio de valor: no se han establecido subcriterios ni elementos de valoración no conocidos en el momento de valoración de la decisión de presentar oferta.
Desestimación de recurso contra exclusión de la oferta de la recurrente en el procedimiento de licitación de un acuerdo marco de suministro. Tramitación electrónica. Los archivos de la oferta de la recurrente resultaron dañados en el momento de su envío. La documentación administrativa puede subsanarse pero no la oferta económica puesto que se vulneraría el orden de apertura de las ofertas por lo que procede la exclusión.
Desestimación de recurso contra el rechazo de su oferta en baja desproporcionada que no ha justificado la viabilidad en un contrato de servicios de mudanzas. La oferta de la recurrente ha sido correctamente calificada de temeraria según el Pliego. El Informe sobre la viabilidad de la oferta se refiere a la ausencia de cálculos económicos que justifiquen el precio ofertado y a la falta de concreción sobre las condiciones de ahorro que expone y que no parecen proporcionales para justificar el porcentaje de baja ofrecido. Rechazo adecuadamente motivado.
Desestimación de recurso contra rechazo de la oferta de la recurrente, incursa en presunción de temeridad en el procedimiento de licitación de un Acuerdo marco de contrato de servicios, al no haber subsanado adecuadamente la documentación acreditativa del cumplimiento las exigencias de los medios personales a adscribir al contrato.
Desestimación de recurso contra rechazo de la oferta de la recurrente incursa en presunción de temeridad al no haber presentado las aclaraciones a su justificación requeridas por el órgano de contratación en el plazo concedido. Diferencia de efectos de las comunicaciones o notificaciones y la publicación en el tablón de anuncios. Obligatoriedad de las comunicaciones telemáticas. Efectos de la falta de publicación del contenido de una notificación, irregularidad no causante de nulidad de pleno derecho.