Resolución número 244/2022
La oferta económica remitida mediante la plataforma de Vortal no es correcta, lo que provoca un archivo vacío. La responsabilidad es del licitador que no anexo el documento que recogía según PCAP la oferta.
La oferta económica remitida mediante la plataforma de Vortal no es correcta, lo que provoca un archivo vacío. La responsabilidad es del licitador que no anexo el documento que recogía según PCAP la oferta.
Desestimación de recurso que pretende la exclusión de dos ofertas por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Discrecionalidad técnica.
Recurso contra pliegos de un contrato de eficiencia energética. Primer motivo: no división en lotes. Desestimación. La propia naturaleza del contrato, regulado en el Real Decreto-ley 6/2010, incluye un conjunto de prestaciones con el objeto de conseguir una mayor eficiencia energética. Segundo motivo: Calificación del contrato como contrato mixto. Correcta calificación, no procede considerarlo como contrato de concesión de servicios, ya que no hay transferencia de riesgo operacional.
Desestimación del recurso. La subrogación de trabajadores no implica el traslado mimético de los costes de la plantilla existente a la nueva contrata. No se aprecia error en el informe técnico sobre la justificación de la baja temeraria que la considera viable y entra dentro de la discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.
Desestimación del recurso. El requerimiento que se realiza al recurrente para justifique la baja temeraria era preciso. De acuerdo con el informe técnico no justifica la viabilidad de la oferta, no apreciando este Tribunal error ni arbitrariedad en el mismo y se encuentra dentro de la discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.
Las aclaraciones efectuadas al órgano de contratación en relación a la documentación aportada para acreditar la solvencia una vez cumplimentado el trámite de subsanación no suponen la subsanación de la subsanación. El requisito de solvencia ya se encontraba acreditado con anterioridad a la corrección de errores de la exclusión por falta de acreditación.
Se desestima el recurso. El informe técnico que analiza la justificación de la oferta incursa en presunción de anormalidad está motivado, no apreciándose error ni arbitrariedad y se encuentra dentro del margen de discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.
Desestimación del recurso. Se requiere al licitador que subsane determinada documentación administrativa. Cumple parcialmente el requerimiento. No procede un segundo trámite de subsanación.
Desestimación. Objeto sociedad/objeto contrato. Inscripción en el Registro de empresas alimentarias. Oferta a varios lotes de grupo de empresas.
Desestimación. Subsanación falta de formato cuadro anexo oferta no cambiando esta.