Resolución número 561/2021
Contratos basados en acuerdo marco. No cabe recurso por la cuantía
Contratos basados en acuerdo marco. No cabe recurso por la cuantía
Desistimiento del recurrente al recurso interpuesto
Se impugna la adjudicación del contrato alegando diversas cuestiones, tales como incumplimiento de prescripciones técnicas, falta de solvencia, contaminación de la oferta, baja temeraria.Se estima parcialmente el recurso al no haberse emitido el correspondiente informe técnico sobre la justificación de la baja temeraria de conformidad con el artículo 1494 de la LCSP.
Desestimación. No puede fundar en documentos no obrantes en el expediente el incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de condiciones por haber presentado la oferta previamente al recurso especial en materia de contratación
Desestimación de recurso que pretende considerar modificación de oferta a las aclaraciones requeridas por el órgano de contratación sobre la oferta que ha resultado adjudicataria.
Desestimación de recurso sobre los pliegos de condiciones de un contrato de suministro de productos de fluidoterapia que utiliza un solo criterio de adjudicación al tratarse de productos de uso muy corriente y perfectamente definidos. El recurrente pretende la inclusión de mas criterios de adjudicación
Desestimación del recurso. La oferta del adjudicatario cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Desestimación. Está justificada la no división en lotes de las dos prestaciones por razones técnicas. No es ilegal la exigencia de habilitación en las redes de telecomunicaciones ni que solo se permita subcontratar a la empresa de telecomunicaciones.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministros dividido en dos lotes, que permite licitar a ambos pero reduce la adjudicación a uno solo. El recurrente considera que ha existido doble oferta por parte de los adjudicatarios, no procediendo tal consideración.