Resolución número 308/2022
Inadmisión. Informe técnico no recurrible.
Inadmisión. Informe técnico no recurrible.
Estimación parcial del recurso. El órgano de contratación se allana a las pretensiones del recurrente.
Desestimación de recurso de suministro. El PCAP prevé una acreditación determinada para la solvencia y otra distinta para la acreditación del cumplimiento por parte del suministro de las exigencias del pliego, así como para la atribución de puntos en los criterios de adjudicación. El recurrente confunde ambos conceptos considerando la acreditación de la solvencia como necesaria para la atribución de puntos en base a los criterios de adjudicación.
Posibilidad de que la mesa de contratación acuda a empresas externas para la elaboración de informes sobre calificación de los criterios sujetos a juicio de valor. Discrecionalidad técnica.
Inadmisión por extemporáneo.
Estimación. Un descubierto sobrevenido, estando al corriente en plazo de licitación y formalización, a consecuencia de una actuación inspectora no implica no estar al corriente en cotizaciones sociales. Precipitación mesa no dando posibilidad de subsanación.
Estimación. Admisión pretensión por órgano de contratación.
Inadmisión por cuantía. Valor estimado inferior a 100.000 euros que determina la incompetencia del Tribunal.
Desestimación. Se cumple la solvencia técnica con medios alternativos a la norma ISO tras las aclaraciones del licitador, que no son extemporáneos pues la inseguridad jurídica generada por el establecimiento de plazos contradictorios por parte del órgano de contratación no debe perjudicar al licitador.
El acto por el que la Mesa de Contratación acepta el informe técnico de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor no es susceptible de recurso. Artículo 44.2. de la LCSP.