Resolución número 109/2025
Legitimación. Recurso contra la adjudicación del contrato por tercer clasificado, sin impugnar la oferta del segundo clasificado. Doctrina sobre legitimación del tercer clasificado.
Legitimación. Recurso contra la adjudicación del contrato por tercer clasificado, sin impugnar la oferta del segundo clasificado. Doctrina sobre legitimación del tercer clasificado.
Adscripcion de medios personales. Solvencia. El unico licitador admitido no acredita la solvencia adicional sobre el personal adscrito requerido. Se excluye su oferta y se declara como desierto. Es imposible la subsanacion pues conllevaria modificacion de la oferta.
Prestaciones de carácter intelectual. De acuerdo con el artículo 145.4. de la LCSP, los servicios de arquitectura son prestaciones de carácter intelectual, por eso los criterios relacionados con la calidad deberán representar, al menos, el 51 por ciento de la puntuación asignable a la valoración de las ofertas.
Solvencia. Solvencia Técnica. Acreditación de la solvencia. Recurso contra adjudicación del contrato por no cumplir la adjudicataria con las exigencias del pliego respecto a la ceertificación del ENS. Desestimación. El certificado cumple las exigencias de los pliegos al disponer del certificado nivel medio exigido, ya que los pliegos no determinan su alcance. Artículo 139.1 LCSP.
Planes de Igualdad. El recurrente considera que la empresa adjudicataria tiene una plantilla de mas de 50 trabajadores, lo que comunica a la mesa de contratacion a los efectos de exigir la inscripción de un plan de igualdad. Se prueba documentalmente que la empresa no ha llegado a ese numero de trabajadores ni en el momento de presentación de ofertas y previamente a la adjudicación
Cosa Administrativa juzgada. El Tribunal ya se ha pronunciado sobre las cuestión aquí planteada, esto es, que la recurrente estaba en prohibición para contratar de conformidad con el 71.1.d) de la LCSP, al no tener inscrito el plan igualdad en el momento procedimental correspondiente.
Confidencialidad. Acreditación solvencia técnica. Desestimación de reclamación. Presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. No puede acogerse la impugnación de la denegación de acceso a documentación, amparada en confidencialidad, pues la reclamante declaró confidencial la misma documentación. Doctrina actos propios. Las alegaciones se basan en meras sospechas que no desvirtúan la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos
Presupuesto base de licitación. Determinación del presupuesto base de licitación. Pliegos de condiciones. Costes laborales. Recurso contra los pliegos presentado por una organización sindical. Se reconoce legitimación al afectar el recurso a condiciones laborales de los trabajadores. Estimación del recurso. El PBL es insuficiente al detectarse un error en su confección que provoca insuficiencia presupuestaria para cubrir los costes salariales.
Nulidad y anulabilidad. Cumplimiento de Prescripciones Técnicas. Error material. Recurso contra la exclusión del adjudicatario, al detectar después de la adjudicación un error en su oferta. Solicita la nulidad de la nueva adjudicación por incumplimientio del artículo 106.1 de la Ley de Procedimiento administrativo, al no haberse realizado los trámites de revisión de oficio. Desestimación.
Presupuesto base de licitacion. Determinación del Presupuesto. Costes Salariales. Convenios Colectivos. Se impugna el PCAP por no estar bien calculado el PBL. El servicio objeto del contrato se divide en tres apartados, en dos de ellos el PBL ha sido determinado por comparativas con otros servicios de identica naturaleza de otros poderes adjudicadores. El servicio principal esta fectado por el convenio de oficinas y despachos, que estabelece una ravalorizacion salarial si el IPC rebasa el 2,5%.