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Resolución número 091/2025

Número de Resolución: 
091/2025
Fecha: 
Jueves, 6 Marzo, 2025

Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. Subsanación de documentación.. Recurso contra adjudicación del contrato por haber permitido la subsanación de la documentación vulnerando los principios de trsparencia e igulada de trato. Desestimación. No se da una "subsanación de la subsanació", sino una sucesiva solicitud de subsanación sobre distinta documentación en cada una de las ocasiones,

Resolución número 090/2025

Número de Resolución: 
090/2025
Fecha: 
Jueves, 6 Marzo, 2025

Mejoras. Limites a las mejoras. Los límites a las mejoras se pueden establecer de diferentes formas como puede ser fijar un número máximo de horas a ofertas,peero también exiten otros mecanismos, como es el establecimiento de parámetros objetivos, en relación con la mejora ofertada, para determinar que la oferta está incursa en temeridad. 

Resolución número 086/2025

Número de Resolución: 
086/2025
Fecha: 
Jueves, 6 Marzo, 2025

Licitación electrónica. Subsanación de documentación. Nulidad del procedimiento. Como consecuencia de los requerimiento de subsanación,  efectuados por el órgano de contratación al recurrente, para que aporte determinada documentación administrativa, se produce una alteración de la oferta respecto de la documentación incluida en  los sobres 2 y 3 de la oferta. Este error no es imputable al licitador, sino al modo de proceder del órgano de contratación. 

Resolución número 080/2025

Número de Resolución: 
080/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Febrero, 2025

Licitación electrónica. Presentada oferta por empresa portuguesa, solo consigue la huella electrónica. La EMT le da varias oportunidades para subsanar pero no puede acceder al carecer el apoderado de certificado digital valido en España. Se considera no presentada la oferta.

Resolución número 078/2025

Número de Resolución: 
078/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Febrero, 2025

Convenio aplicable a los trabajadores. Se impugna el presupuesto base de licitación establecido en los pliegos en base a que no se está tomando como referencia el Convenio que procede aplicar. Se desestima el recurso porque los Tribunales que resuelven los recursos especiales en materia de contratación no son competentes para determinar el convenio aplicable a los trabajadores. La determinación del Convenio a aplicar a los trabajadores corresponde a la jurisdicción social. 

Resolución número 060/2025

Número de Resolución: 
060/2025
Fecha: 
Jueves, 6 Febrero, 2025

Inadmisión. El recurrente impugna los criterios de adjudicación establecidos en los pliegos sin haber presentado oferta. Se analiza la legitimación y se concluye que no ha acredita los motivos por los que se le imposibilita presentar oferta indicando solamente que los criterios impugnados otorgarían ventaja a unas empresas frente a otras pero no que por ello él no pueda presentar oferta.

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