Resolución número 022/2017
Desistimiento tácito de recurso contra pliegos de contrato de servicios al no haber subsanado su escrito de recurso que no concreta al acto recurrido.
Desistimiento tácito de recurso contra pliegos de contrato de servicios al no haber subsanado su escrito de recurso que no concreta al acto recurrido.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. En la notificación se hacía constar la puesta a disposición del recurrente de los informes de valoración. Ante la solicitud de acceso se reiteró su puesta a disposición sin que el recurrente haya hecho uso del derecho.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de vigilancia y seguridad que incluye cláusulas sociales como criterios de adjudicación. Admisión de ese tipo de cláusulas criterios consolidado del Tribunal. Conformidad con las Directivas y la jurisprudencia comunitaria. Temeridad en la anteposición. Multa.
Inadmisión de un recurso contra los Pliegos de un contrato de vigilancia y seguridad por extemporáneo.
Desestimación de recurso contra rechazo de la oferta de la recurrente de la licitación de contrato de servicios incursa en presunción de temeridad al no justificar adecuadamente la viabilidad de su oferta, que pretende fundar en su solvencia.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de mantenimiento de equipos de electromedicina por Improcedencia de incluir un solo criterio el precio porque las prestaciones no están totalmente definidas. Anulación de los Pliegos, se observan otras incorrecciones que deben modificarse.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. No se aprecia error en el criterio mejoras valorables mediante fórmula. La notificación no está adecuadamente motivada: procede la retroacción para que, en su caso se pueda formular recurso fundado. No se dan los supuestos para apreciar que la oferta seleccionada incurre en valores anormales o desproporcionaos: no procede el procedimiento contradictorio a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. La oferta adjudicataria no incurre en valores anormales o desproporcionados y no procede iniciar el procedimiento contradictorio a que se refiere el artículo 151.3 del TRLCSP.
Inadmisión de un recurso contra los Pliegos de un contrato que habían sido previamente recurridos. Se aprecia temeridad en la interposición. El recurso anterior había sido resuelto y desestimado.
Inadmisión de recurso contra la admisión de una oferta inicialmente incursa en baja anormal o desproporcionada al tratarse de acto no susceptible de recurso.