Resolución número 362/2019
Desestimación del recurso contra la adjudicación de lotes de contrato de servicios de transporte escolar por falta de legitimación para su interposición.
Desestimación del recurso contra la adjudicación de lotes de contrato de servicios de transporte escolar por falta de legitimación para su interposición.
Desestimación del recurso al lote 10 e Inadmisión del recurso a los lotes 9, 11 y 47 contra la adjudicación de contrato de servicios de transporte escolar por quedar acreditado que la oferta del adjudicatario cumple lo dispuesto en los pliegos y por falta de legitimación, respectivamente.
Desestimación por extemporáneo de un recurso contra la adjudicación de los contratos basados en el seno de un acuerdo marco de tratamiento de hemodiálisis.
Inadmisión de recurso contra la clasificación de ofertas en contrato de servicios por falta de legitimación con imposición de multa.
Desestimación de recursos contra adjudicación y exclusión por no justificar valor anormal en contratos de transporte escolar con 64 lotes. Presentación de documentación fuera de plazo. Justificaciones requeridas a través del perfil previa comunicación a los licitadores en NOTE según lo previsto en PCAP, arts. 139 y 149 de la LCSP y 19 del RGCPCM.
Desestimación de recurso contra adjudicación de lotes por exclusion de ofertas por baja anormal en contratos deservicios hospitalarios. Procedimiento según establece el artículo 149 de la LCSP. No se consideran justificados los costes e ingresos calculados. Discrecionalidad técnica.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios, pretende variar la forma de acreditación de la solvencia en fase de adjudicación. Impugna la documentación aportada para acreditar la solvencia. Pliegos lex inter parte. Acreditación correcta.
Desestimación recurso. No subsanación en plazo documentación.
Desestimación recurso especial. Las ofertas realzadas por diversos licitadores para horas extraordinarias de limpieza no tienen la consideración de temerarias de acuerdo con lo previsto en los Pliegos.
Desestimación recurso. Erróneo cálculo baja temeraria. No se calcula sobre la media aritmética de las bajas sino sobre la media aritmética de las ofertas presentadas.