Resolución número 117/2020
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato al haberse producido desistimiento del órgano de contratación conforme al artículo 152 de LCSP. Se declara concluso el procedimiento.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato al haberse producido desistimiento del órgano de contratación conforme al artículo 152 de LCSP. Se declara concluso el procedimiento.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de seguridad. Los costes están debidamente considerados y se ha aplicado el convenio colectivo incluida la posible subida.
Estimación recurso especial contra PCAP por no contemplar la división en lotes del Lote 1, en concreto considera el recurrente que la dirección facultativa que engloba dirección de obra competencia del arquitecto y la dirección de la ejecución de obra, que corresponde a arquitecto técnico/aparejador, debió dividirse en dos lotes, para favorecer a pequeñas empresas o autónomos y no limitar la concurrencia. Se aprecia falta de motivación en el expediente de la no división en lotes cuando es susceptible de serlo y además restringe la competencia.
Estimación de recurso contra la exclusión de la oferta por pretender que en el archivo que recoge el cumplimiento de los requisitos previos y en base al art. 140 de la LCSP, se manifiesten aspectos valorables como criterios de adjudicación y que no se consideran requisitos mínimos exigidos.
Estimación recurso especial por inadecuada valoración de criterio de adjudicación. Procede la aclaración de la oferta presentada por el recurrente como criterio de adjudicación, ya que no existe posibilidad de modificación de la misma. Aplicación del criterio de subsanabilidad de las propuesta con límite de no modificación de oferta y respecto a principio de igualdad y transparencia.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios para la interpretación en lenguaje de signos de la lengua española. La solvencia requerida se refería expresamente a la aportación de al menos un contrato de objeto totalmente coincidente con el objeto del contrato. El recurrente no acredita dicha solvencia, basando su recurso en la coincidencia a tres dígitos del CPV.
Estimación de recurso contra exclusión de oferta en contrato de servicios y estimación de incidente de ejecución de resolución estimatoria anterior de exclusión de la misma empresa en el mismo expediente de contratación. Acumulación de procedimientos conforme al art. 57 LPACAP, se subsume la tramitación del incidente de ejecución en el procedimiento de recurso por identidad en el asunto.
Desestimación recurso por no acreditación de la solvencia económico financiera. El fin del plazo de presentación de ofertas es el 3 de enero de 2020. Resulta acreditable las cuentas registradas del ejercicio 2019, que finalizan el 31 de diciembre, por lo que es correcto que la acreditación se extienda a los ejercicios 2016, 2017 y 2018.
Pérdida del objeto del recurso por desistimiento de acciones por parte del recurrente.
Desestimación. El recurrente alega una traducción incorrecta de los documentos que presenta en italiano. Independientemente de esa corrección, obvia que la documentación hay que presentarla en castellano.