Resolución número 207/2023
Desistimiento del recurrente al recurso presentado. Se da por terminada la tramitación del recurso especial. Artículos 84 y 94.4 de la LPACAP.
Desistimiento del recurrente al recurso presentado. Se da por terminada la tramitación del recurso especial. Artículos 84 y 94.4 de la LPACAP.
Se pretende la anulación de los pliegos alegando cuestiones ya resueltas en anterior resolución. Aplicación del principio de cosa juzgada. Ausencia de división en lotes perfectamente justificada y motivada.
Recurso contra los pliegos de un contrato de servicios postales. Desestimación. No procede la subrogación de los trabajadores. Aplica de la doctrina respecto al artículo 130 de la LCSP. Los criterios de adjudicación son conformes a derecho, quedando justificados en el expediente. La fórmula matemática para la valoración del criterio precio es correcta. Doctrina sobre umbrales de saciedad. El presupuesto base de licitación está justificado en el expediente de contratación.
Inadmisión por falta de legitimación de recurso contra pliegos de servicios postales por un trabajador que pretende la inclusión de obligación de subrogación de personal y por entender presupuesto base de licitación insuficiente para atender costes salariales.
Desestimación de recurso contra pliegos por dos motivos, uno se declara como cosa juzgada y el segundo sobre división de lotes (Art. 99.3). La no división de lotes debe quedar acreditada y suficientemente motivada en el informe de necesidad de la contratación como procedente en base a las excepciones marcadas por la LCSP al criterio general de división en lotes del contrato.
Recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Se da por concluida su tramitación por pérdida sobrevenida del objeto del recurso. No hay licitadores admitidos a la licitación, por lo que se ha declarado desierto.
Recurso contra los pliegos por incorrecta determinación del IVA aplicable. Desestimación. El IVA debe consignarse como partida independiente, dando autonomía a los dos componentes del precio del contrato. Si el adjudicatario está sujeto a IVA facturará los servicios con ese impuesto, en caso contrario lo hará sin el.
Estimación. No justificación no división en lotes. Prescripciones técnicas exclusivas de una empresa. Criterio de adjudicación que es solvencia. Comisión Técnica ilegal.
Estimación. Justificación no división en lotes. Prescripciones técnicas contra libertad de concurrencia. Esquema Nacional de Seguridad mal regulado.
Inadmisión de recurso especial contra adjudicación de un contrato de concesión de uso privativo con instalación u obras de carácter permanente. Se trata de una concesión demanial sujeta a la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, excluida de la LCSP por su artículo 9.1.