Resolución número 005/2021
Desestimación recurso contra exclusión por no justificar la viabilidad de la oferta. El informe justificativo de la baja es insuficiente y no acredita de manera clara la viabilidad de la oferta.
Desestimación recurso contra exclusión por no justificar la viabilidad de la oferta. El informe justificativo de la baja es insuficiente y no acredita de manera clara la viabilidad de la oferta.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. La aceptación de la propuesta de adjudicación prevista en el art. 150.2 LCSP, a los solos efectos de requerir la documentación al licitador que ha presentado la mejor oferta, no equivale a adjudicación. Es la resolución de adjudicación prevista en el art. 151 de la LCSP la que debe ser motivada, notificada y publicada. Baja anormal justificada, informe técnico razonado, discrecionalidad técnica del órgano de contratación para apreciar la viabilidad. Publicidad en el perfil de contratante. Cosa juzgada.
Desestimación recurso. Impugna la aceptación de las bajas desproporcionadas de las cuatro que le preceden. Levantamiento de la declaración de confidencialidad indiscriminada de determinados extremos no considerados confidenciales por el Tribunal, ante la inactividad del órgano de contratación. La motivación de la aceptación de las bajas debe ser suficiente y adecuada para no generar indefensión a eventuales recurrentes. Siguiendo el orden decreciente de bajas, la primera impugnación es desestimada.
Estimación parcial de recurso contra la exclusión por baja anormal en la adjudicación de lote del contrato de servicios. Falta de concreción en petición de información, justificación de la baja e informe técnico de rechazo de oferta. Rechazo formal por justificación insuficiente, falta motivación reforzada y no se justifica la inviabilidad de la oferta ni se requiere aclaración o documentación complementaria respecto a un supuesto de oferta sin evidencia de desproporción, puesto que solo representa el 3,45% sobre la media de las ofertas presentadas. Artículo 149 LCSP.
Estimación parcial de recurso especial. El órgano de contratación no ha cumplido el procedimiento previsto en el artículo 149.4 de la LCSP. No ha solicitado informe sobre la baja temeraria al servicio correspondiente, que es un trámite preceptivo.
Inadmisión de un recurso contra la propuesta de rechazo de la Mesa por no justificar la viabilidad de una oferta incursa en el supuesto de baja desproporcionada. Es un acto no recurrible. Le corresponde al Órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Ofertas correctamente incursas en baja anormal conforme al parámetro objetivo establecido en el PCAP, de conformidad con lo dispuesto en el art. 149.2.b) de la LCSP. Procedimiento de justificación de viabilidad de oferta conforme a lo dispuesto en el art. 149.4 de la LCSP. Informes técnicos justificativos y discrecionalidad técnica.
Inadmisión recurso especial contra la propuesta de la mesa de contratación de exclusión por baja temeraria. Acto no susceptible de recurso conforme al artículo 44.2 de la LCSP.
Desestimación recurso contra exclusión por no justificar baja desproporcionada. Tratándose de un contrato reservado a Centros Especiales de Empleo, las subvenciones y bonificaciones de los mismos no constituyen ventaja comparativa para ofertar.
Se estima el recurso. No es una aclaración de la justificación de la baja presentar una justificación distinta. No cabe solicitar aclaración sobre la no contemplación de otros costes que los salariales, cuando el total de estos no alcanza a comprender otro tipo de costes.