Resolución número 273/2025
El recurrente alega que el informe técnico, que valora la justificación presentada por la adjudicataria para acreditar la viabilidad de su oferta aceptando la misma, incurre en errores. Sin embargo, el informe técnico técnico se encuentra debidamente motivado y no se aprecia los errores alegados, ni arbitrariedad, por lo que la decisión adoptada por el órgano de contratación se encuentra dentro del margen de la discrecionalidad técnica.
