Resolución número 205/2021
Inadmisión. El informe técnico de valoración de las ofertas no es un acto susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión. El informe técnico de valoración de las ofertas no es un acto susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Desestimación del recurso. Las características técnicas mínimas adicionales, requeridas a los suministros objeto del contrato no limitan la competencia.
Contrato basado en Acuerdo Marco. Estando motivada por remisión al informe del Servicio en la selección, la no adjudicación al mejor clasificado del Acuerdo Marco, corresponde al recurrente fundar el recurso en la impugnación de esta motivación solicitando vista del expediente.
Estimatoria. Los números de orden del lote incluyen suministros cuyas prescripciones son exclusivas de un laboratorio.
Desestimación del recurso sobre el incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Inadmisión de recurso contra acuerdo marco de suministro. Impugnación de anuncio de licitación y PCAP con presentación fuera de plazo. Imposición de multa solicitada por el órgano de contratación por apreciarse temeridad en la recurrente. Arts. 50, 55 y 58 LCSP.
Desestimación de recurso contra la exclusión de una oferta en un contrato de servicios, por alteración del orden de conocimiento de ésta. El recurrente introdujo en el sobre dos, reservado para la documentación que será puntuada mediante criterios sujetos a juicio de valor, el resto de los criterios puntuables por aplicación de formulas, a excepción del precio. Se produce una contaminación del conocimiento de los órganos de valoración, por lo que la oferta es excluida
Estimación de recurso contra la exclusión de lote en un acuerdo marco de suministro. Número de decimales con que se formula la oferta al precio unitario. Decimales no limitados en pliegos, máximo de 2, en respuesta del órgano de contratación a solicitud de aclaración publicada en el perfil de contratante, según art.138.3 LCSP. Exclusión no prevista en el PCAP ni en la LCSP, susceptible de aclaración de oferta vía subsanación y/o aplicación regla de redondeo de decimales art.11 LIE.
Desestimación de recurso contra la exclusión en un contrato de suministro por incumplimiento de PPTP. La exclusión de la Mesa estaba motivada por 2 incumplimientos. Se estiman las alegaciones de la recurrente en relación al primer incumplimiento relativo a las fundas neumáticas, al detectarse error en la evaluación técnica de la muestra presentada, pero se desestiman las alegaciones referidas a la máquina de compresión ofertada, por lo que se sigue manteniendo el incumplimiento del PPTP por parte de la recurrente. Arts. 124, 125 y 139 LCSP.
Desestimación de recurso contra la exclusión en un contrato de suministro. Incumplimiento por la recurrente de las características técnicas exigidas es de PPTP, de carácter obligatorio conforme a lo dispuesto en los artículos 124 y 125.1 de la LCSP. Los Pliegos constituyen las bases del contrato y, sus determinaciones, las reglas conforme a las cuales debe ser cumplido, correspondiendo al órgano de contratación su determinación, art. 28 LCSP, y sin que quepa relativizarlas, ni obviarlas durante el proceso de licitación. Art. 139 LCSP.