Resolución número 556/2021
Desestimación. No puede fundar en documentos no obrantes en el expediente el incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Desestimación. No puede fundar en documentos no obrantes en el expediente el incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de condiciones por haber presentado la oferta previamente al recurso especial en materia de contratación
Requerimiento documentación adjudicatario. Proposición que se da por retirada. No se acredita la recepción de la notificación. Interpretación artículo 150.2 LCSP: presunción iuris tantum que admite prueba en contrario.
Desestimación de recurso sobre los pliegos de condiciones de un contrato de suministro de productos de fluidoterapia que utiliza un solo criterio de adjudicación al tratarse de productos de uso muy corriente y perfectamente definidos. El recurrente pretende la inclusión de mas criterios de adjudicación
Desestimación del recurso. La oferta del adjudicatario cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Estimación del recurso. La oferta del adjudicatario no cumple con las prescripciones técnicas establecidas en los pliegos. Procede su exclusión. Además el producto ofertado tiene una resolución expresa de no financiación por lo que de acuerdo con el informe de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia dichos medicamentos no pueden financiarse con fondos públicos.
Recurso contra la adjudicación de contrato por desvelación de secreto de la oferta por el adjudicatario. Desestimación. No queda acreditada la desvelación de la oferta y el criterio controvertido tiene una valoración de 1,5 puntos, por lo que por intranscendencia no resulta comprometida la objetividad del valorador.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministros médicos que pretende la exclusión de la adjudicataria por incumplimiento de los requisitos precisos para dicho producto. Motiva el recurso en la necesidad de determinados requerimientos según la literatura científica. La necesidad de la contratación la marca el órgano de contratación y no es objeto de disputa en la fase de adjudicación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de suministro. No se aprecia incumplimiento del PPTP. Valoración de criterios de adjudicación conforme a PCAP. No se establecen fases de adjudicación. Inexistencia de presunción de valor anormal.
Recurso contra exclusión por baja temeraria. Informe justificativo de la baja suficientemente justificado. El informe del órgano de contratación carece del carácter reforzado exigido, limitándose a manifestar con carácter general la fala de acreditación documental. Esta acreditación debió ser requerida la licitador antes de ser excluido.