Resolución 300/2026
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR.El informe técnico ha puntuado las ofertas de acuerdo con lo establecido en el PCP, motivando la valoración de cada una de ella. No se aprecia error ni arbitrariedad.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR.El informe técnico ha puntuado las ofertas de acuerdo con lo establecido en el PCP, motivando la valoración de cada una de ella. No se aprecia error ni arbitrariedad.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR.El informe técnico ha puntuado las ofertas de acuerdo con lo establecido en el PCP, motivando la valoración de cada una de ella. No se aprecia error ni arbitrariedad..
VALORACIÓN DE LAS OFERTA. La reclamante no presentó junto con el Anexo XII, los CV de los perfiles profesionales ofertados. Los pliegos son claros en cuanto a la necesidad de aportar los CV, y la consecuencia de no presentarlos, pues en ese casolos criteros de adjudicación se valorarán con 0 puntos. No procede condecer un trámite para subsanar la falta de documentación.
Impugnacion del documento de invitacion a un contrato basado en un acuerdo marco. Prescripciones tecnicas y criterios de adjudicacion restrictivos de la concurrencia. Definición de las caracteristicas en la licitacion del contrato basado. Discrecionalidad tecnica. Margen para determinarlos el organo de contratacion. No limita la concurrencia. Desestimacion
PRESCRIPCIONES TECNICAS: Recurso sobre la exclusión de una oferta por no cumplir el suministro objeto del contrato las prescripciones técnicas exigidas, presentando una oferta con otra tipologia de suministro.
ARRAIGO TERRITORIAL. Se impugna el criterio de adjudicación que puntúa la distancia existente entre el almacén que suministra los productos objeto del contrato y el Hospital. Dicho criterio no está justificado en el expediente de contratación por lo que se incumple el artículo 116.4. de la LCSP.
INADMISIÓN. Se recurre el el acuerdo de la mesa de contratación por la que se acuerda su exclusión por estimar injustificada su oferta incursa en valores anormales o desproporcionados.
No admision de oferta por haberla presentado fuera de plazo. Alega error en el funcionamiento de la plataforma. No acrdita los defectos en el funcionamiento sino que intento presentar la oferta en el ultimo momento. El organo de contratacion pide multa. Desetimcion y multa de 1.000 euros.
No admision de oferta por haberla presentado fuera de plazo. Alega error en el funcionamiento de la plataforma. No acrdita los defectos en el funcionamiento sino que intento presentar la oferta en el ultimo momento. El organo de contratacion pide multa. Desetimcion y multa de 1.000 euros.
Inadmisión. inadmisibilidad que contempla el artículo 50.1 b) de la LCSP, ya que se ha interpuesto el recurso por una entidad que previamente había presentado su oferta, aceptando las condiciones de la licitación que ahora impugna, debiendo analizarse, por ello, si concurre la excepción prevista en el mismo en relación con la existencia de algún vicio de nulidad de pleno derecho. No existiendo vicio de nulidad de pleno derecho procede la inadmisión..