BUSCADOR DE RESOLUCIONES

Plegar filtros de búsqueda
Por ejemplo, 30/09/2026
Por ejemplo, 30/09/2026
-Formato nnn/aaaa Ej. 030/2016-
-Formato nnn/aaaa Ej. 030/2016-
5 registros de 5934
  • Resolución: 461/2026
    Fecha: 17/09/2026
    Prohibicion para contratar.Plan de igualdad.Un licitador inicialmente afectado por una prohibición de contratar puede restaurar su fiabilidad mediante medidas de self-cleaning acreditadas antes de la adjudicación. El órgano de contratación debe darle la oportunidad de acreditar dichas medidas y no puede excluirlo automáticamente. La restauración de la fiabilidad no queda limitada a la situación existente al finalizar el plazo de presentación de ofertas, sino que puede producirse durante la tramitación de la licitación siempre que se acredite antes de la adjudicación
  • Resolución: 460/2026
    Fecha: 10/09/2026
    SOLVENCIA TÉCNICA -CPV- El Tribunal concluye que la acreditación de la solvencia técnica no puede depender exclusivamente de la coincidencia formal de los tres primeros dígitos del CPV. La similitud debe apreciarse atendiendo al contenido material de los servicios efectivamente realizados y a su relación con el objeto del contrato. La regla del CPV no opera de forma automática cuando existe una evidente analogía funcional entre las prestaciones acreditadas y las exigidas en la licitación. Asimismo, recuerda que los informes técnicos gozan de presunción de acierto y que no se acreditó error manifiesto en su valoración. En consecuencia, desestima el recurso y confirma la adjudicación.
  • Resolución: 459/2026
    Fecha: 10/09/2026
    Contrato de Servicios. Recurso contra la exclusión de su oferta del procedimiento de contratación por no alcanzar la valoración mínima en los criterios que dependen de un juicio de valor y no se procede a la apertura del siguiente sobre. Desestimación del REMC.
  • Resolución: 458/2026
    Fecha: 10/09/2026
    El Tribunal inadmite el recurso especial interpuesto contra la adjudicación de un contrato basado en un acuerdo marco de suministro de mobiliario, al ser su valor estimado (51.097,00 euros) inferior al umbral de 100.000 euros que exige el artículo 44.1.a) de la LCSP para que un contrato basado sea susceptible de recurso especial en materia de contratación. El Tribunal recuerda que, conforme al artículo 44.6 LCSP y al artículo 115.2 de la LPACAP, corresponde al órgano de contratación determinar si procede la tramitación del escrito como recurso ordinario, dado que el error en su calificación no obsta a su tramitación conforme a su verdadero carácter.
  • Resolución: 457/2026
    Fecha: 10/09/2026
    El Tribunal concluye que el PCAP exigía que el Encargado propuesto cumpliera todos los requisitos mínimos del apartado 5.2.1 para poder valorar la formación adicional del criterio 8.A).2.2. El certificado aportado por la recurrente acreditaba un curso de 50 horas obtenido en 2013, incumpliendo la exigencia de 60 horas o la excepción temporal prevista. La asignación de cero puntos no constituye una penalización, sino la consecuencia directa de no cumplir el requisito previo establecido en el pliego. No aprecia falta de motivación ni admite la impugnación indirecta de los pliegos, por lo que desestima la reclamación.

Páginas