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Resolución: 147/2026Fecha: 26/03/2026MODIFICACIÓN DE LOS PLIEGOS. Se impugna la modificación de la solvencia técnica respecto unos lotes que no había sido objeto de recurso. El órgano de contratación defiende que a resultas de lo indicado en la Resolución de nuestro Tribunal ,con motivo de la impugnación de un Lote de este contrato, en el que se concluía que la solvencia era desproporcionada, modifica dicha solvencia para todos los lote pues considera que los fundamentos son aplicables al resto de lotes. Se desestima el recurso pues una vez modificados los pliegos se ha ampliado el plazo de presentación de ofertas, con notificación a los licitadores. Conversación de actos.
resolucion_147-2026_expediente_101-2026_.pdf (183.33 KB) -
Resolución: 146/2026Fecha: 26/03/2026BAJA ANORMAL. No procede aplicar el procedimiento contradictorio del artículo 149 LCSP si la oferta no se encontraba en presunción de anormalidad, de acuerdo con lo parámetros del pliego.
resolucion_146-2026_expediente_100-026.pdf (179.37 KB) -
Resolución: 145/2026Fecha: 26/03/2026OFERTAS ANORMALES. Recurso contra exclusión de licitador al no haber justificado su oferta incursa en precunción de anormalidad. Desestimación. Incorpora en vía de recurso justificación no incorporada en la justificación inicial. Baja de 52%. Informe del órgano de contratación exhaustivo y fundamentado.
resolucion_145-2026_expediente_097-_2026_.pdf (284.07 KB) -
Resolución: 142/2026Fecha: 19/03/2026Solvencia . El plazo de presentación de ofertas es hasta el 7 de noviembre de 2025 por lo que con independencia del momento en que el órgano de contratación, requiera al propuesto adjudicatario del contrato para que acredite la solvencia, la misma se debe cumplir en esa fecha. Por tanto, el último ejercicio disponible para acreditar la solvencia económica es el año 2024, siendo suficiente la presentación de la declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa de conformidad con lo estipulado en el PCAP. Por lo que se refiere a la solvencia técnica ha quedado acreditada por la adjudicataria del contrato.
resolucion_142-2026_expediente_104-2026.pdf (293.13 KB) -
Resolución: 141/2026Fecha: 19/03/2026HABILITACIÓN PROFESIONAL. La documentación aportada por el licitador para acreditar habilitación profesional no es la exigida en pliegos, por lo que se confirma su ezclusión. Pliegos ley del contrato y el antiformalismo no juega ante requisitos de aptitud o respeto de plazos.
resolucion_141-2026_expediente_103-2026_.pdf (165.24 KB)
