Resolución número 163/2020
Declaración de concluso el procedimiento por pérdida sobrevenida del objeto del recurso, al haber desistido el órgano de contratación del procedimiento de licitación.
Declaración de concluso el procedimiento por pérdida sobrevenida del objeto del recurso, al haber desistido el órgano de contratación del procedimiento de licitación.
Desestimación recurso contra Pliegos de aplicación informática. El certificado exigible no permite que la solvencia se complete. Existe legitimación pese a no concurrir, porque precisamente el objeto del recurso es circunstancia impeditiva de su presentación.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicio de transporte en ambulancia. Dicho servicio se presta con parte del personal contratado laboral del Ayuntamiento. En el PCAP se da la opción a los trabajadores de optar por ingresar en la empresa del nuevo adjudicatario o seguir como personal laboral del Ayto. Los recurrentes en su escrito manifiestan su intención de seguir prestando sus servicios como personal laboral del Ayto.
Estimatoria. Una de las pruebas a contratar con los centros de diagnóstico en el lote de genética es una analítica que solo provee un laboratorio, limitando la concurrencia.
Estimación de recurso interpuesto por ASEJA contra un contrato de servicios que incluye una mejora sin especificar los límites que impone el art. 145.7. Nulidad de PCAP.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios educativos medioambientales. Las titulaciones y experiencias exigidas son excesivas para el objeto del contrato, además hay subrogación de los trabajadores por lo que no procede la adscripción de medios tal y como viene expuesta en el Pliego ya que esos perfiles profesionales ya existen.
Inadmisión recurso especial por extemporáneo.
Inadmisión del recurso contra los Pliegos por no acreditar de modo fehaciente el objeto social de la empresa que pueda determinar el interés legítimo de la recurrente.
Estimación de recurso contra un contrato de servicios deportivos. Se establece como criterio de adjudicación el mantenimiento de la plantilla como indefinida, considerando que los trabajadores se subrogan con la nueva adjudicataria y que este criterio, si bien podría estar vinculado al objeto del contrato, no aporta ninguna ventaja para determinar la oferta mas ventajosa.