Concentración parcelaria
Conoce el procedimiento y consulta las concentraciones parcelarias actualmente en tramitación.
Actuaciones del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (PDR 2014-20) cofinanciadas por la Unión Europea (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid.
¿Qué es la concentración parcelaria?
La concentración parcelaria es un conjunto de actuaciones técnicas, jurídicas y administrativas cuyo fin primordial es la constitución de explotaciones agrarias de estructura y dimensiones adecuadas, que las haga más competitivas y rentables, al reducirse los costes de explotación por recortarse los tiempos destinados a desplazamientos y maniobras y conllevar el acondicionamiento y optimización de la red viaria rural. Al tiempo, se produce la regularización de la situación jurídica de las propiedades.
Cómo se inicia un proceso de concentración parcelaria
Para iniciar un proceso de concentración parcelaria es necesario que el Ayuntamiento o Ayuntamientos de la zona afectada presenten una solicitud a la Comunidad de Madrid adjuntando:
- Plano con propuesta de perímetro de concentración parcelaria.
- Relación de parcelas afectadas (nº polígono, parcela, superficie, propietario y conformidad/disconformidad).
- Hojas de firmas de los propietarios (conformidad y disconformidad).
Para considerar viable la concentración parcelaria se valorará que, al menos el 50% de los propietarios de la zona estén de acuerdo (requisito legal) y que estos propietarios representen al menos el 75% de la superficie afectada por la concentración parcelaria. Todo ello sin perjuicio de que se tengan en cuenta otras consideraciones a criterio del Área de Desarrollo Rural, que es el órgano responsable de la Administración autonómica.
A la vista de dicha petición, la Consejería competente en la materia valorará la viabilidad agronómica de la concentración parcelaria, así como la viabilidad legal, territorial, técnico-económica, medioambiental y social. Todo ello determinará la utilidad pública de la concentración parcelaria de la zona.
Se dictará un Decreto que declare la utilidad pública y urgente ejecución y determine el perímetro provisional de la zona a concentrar. En caso de que dicho perímetro no se determine en el Decreto se podrá hacer en una Orden del Consejero posterior.
Preguntas frecuentes
Esquema del procedimiento
Concentración parcelaria de la zona regable de La Poveda (Fuentidueña de Tajo)
Situación actual del proceso:
Con la entrega a los propietarios en 2022 de los títulos de propiedad protocolizados en la Notaría de Villarejo de Salvanés e inscritos en el Registro de la Propiedad nº 1 de Arganda del Rey y de la Red viaria de accesos a fincas al Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo en 2023, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, da a todos los intervinientes su más sincera enhorabuena por la finalización del proceso con el convencimiento de que servirá para mejorar la calidad de vida y la actividad agraria del municipio.
Consultas relacionadas:
Por escrito mediante instancia dirigida al Área de Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (C/ Alcalá, 16, planta baja, 28014 Madrid).
Concentración parcelaria de Torrelaguna
Situación actual del proceso:
Completados los trabajos de Investigación de la Propiedad, el 15 de octubre de 2020, quedó constituida la Comisión Local de Concentración Parcelaria, aprobándose las Bases Provisionales, con el fin de someterlas a encuesta para conocer las observaciones y alegaciones que sobre las mismas hagan los interesados.
Por Resolución de 12 de noviembre de 2020, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, resolvió someter a exposición pública las Bases Provisionales. Dicha Resolución fue publicada en el BOCM nº 288 de 25 de noviembre de 2020. Durante el plazo de exposición pública, que fue desde el 26/11/2020 al 4/01/2021, las Bases Provisionales de la Concentración Parcelaria estuvieron en exposición pública en el Ayuntamiento de Torrelaguna.
A continuación, una vez redactadas las Bases Definitiva, en el BOCM nº 154 del 30 de junio de 2021 se publicó el Aviso de las exposición pública de las Bases Definitivas, que duró desde el 01/07/2021 al 11/08/2021. Tras la resolución de los recursos a las Bases Definitivas, se aprobó mediante Resolución del 21/9/22, el Proyecto de concentración parcelaria ordenándose, a la par, su exposición pública.
Dicha Resolución fue publicada en el BOCM de 6/10/22 dando comienzo la exposición pública del Proyecto, que duró 30 días hábiles (del 7/10/22 al 21/11/22) y que contó con la atención presencial en el Ayuntamiento a todos los propietarios que así lo desearan con la finalidad de que pudieran compartir sus dudas y serles entregadas las Fichas de Atribuciones (T27) y planos adjuntos a aquellos que no las hubieran recibido por correo electrónico.
Resuelta la tramitación ambiental del Proyecto de concentración parcelaria, se ha publicado el preceptivo Informe de Impacto Ambiental en el BOCM nº 25 de 30/01/24.
Finalizada la redacción del Acuerdo de concentración parcelaria, se ha publicado en el BOCM nº 58 del 8 de marzo de 2024, el Aviso anunciando la aprobación y encuesta pública del Acuerdo de concentración parcelaria. Con la publicación de este Aviso se abre el periodo de exposición pública, que durará desde el 11/03/24 al 23/04/24. Señalar que se remitirá a los propietarios que hayan aportado un correo electrónico, un correo con la/s Ficha/s de Atribuciones (T27) y el Plano de sus fincas de reemplazo. Durante el periodo de exposición pública, un técnico atenderá en las fechas y horarios señalados en el cartel informativo a los propietarios que así lo deseen.
En otro orden de cosas, con el Proyecto de obra de la red viaria de accesos a fincas ya modificado conforme al resultado de la tramitación ambiental, se procede, a continuación a la licitación del correspondiente proceso de contratación y adjudicación de las obras, que tendrán una duración de 18 meses.
Documentación:
Concentración parcelaria de Valverde de Alcalá
Situación actual del proceso:
El Ayuntamiento de Valverde de Alcalá procedió, de acuerdo a lo establecido en el artículo 180 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, a remitir la petición de la mayoría de los propietarios de la zona, solicitando a la Comunidad de Madrid el inicio del proceso de concentración parcelaria.
Se redactó el Estudio de Viabilidad correspondiente, en el que se realizaron consultas a las entonces Subdirección General de Recursos Agrarios (Área de Vías Pecuarias), Dirección General del Medio Ambiente, Dirección General de Urbanismo y Dirección General de Patrimonio Cultural. Dicho Estudio de Viabilidad resultó favorable al proceso.
Mediante Decreto 4/2020, de 21 de enero, del Consejo de Gobierno, se ha declarado de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de Valverde de Alcalá (BOCM nº 24 de 29/01/2020).
Mediante la Orden 693/2020, de 18 de mayo, se ha determinado el perímetro de la concentración parcelaria de Valverde de Alcalá (BOCM nº 124 de 25/05/2020).
Tras la correspondiente licitación y una vez adjudicado el contrato del “Servicio de apoyo a la gestión del proceso de la concentración parcelaria” en enero de 2024, se procedió con carácter inmediato al comienzo de los trabajos de investigación de la propiedad previa constitución de la preceptiva asamblea informativa a los propietarios y selección de sus representantes a efectos de participación en la Comisión Local y Junta de Clasificación.
Después de la celebración de la Asamblea y realizados los trabajos de clasificación, se procedió a la redacción de las bases provisionales, las cuales fueron aprobadas por la Comisión Local.
Mediante aviso de 30/07/2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, publicado en el BOCM nº 209 de 2/09/2024, se anuncia la exposición pública de las bases provisionales de concentración parcelaria de Valverde de Alcalá (Madrid). Dichas bases provisionales estarán expuestas al público y podrán ser consultadas por los interesados en el Ayuntamiento de Valverde de Alcalá (plaza Mayor, número 1, 28812 Valverde de Alcalá), durante el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al de la inserción de este Aviso en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante el período señalado, todos aquellos a quienes afecta la Concentración podrán formular, por escrito, las alegaciones verbales o escritas que estimen oportunas.
Les mantendremos informados.
Documentación:
Asamblea de participantes en la concentración parcelaria de Valverde de Alcalá (Madrid)
<<<<< A V I S O >>>>>
En el BOCM nº 209 de 2 de septiembre de 2024, se anuncia la exposición pública de las bases provisionales de concentración parcelaria de Valverde de Alcalá (Madrid). Los documentos que componen las bases provisionales que no contienen datos personales protegidos permanecerán expuestos en el Ayuntamiento de Valverde de Alcalá (Plaza mayor nº 1), desde el día 03/09/2024 al 15/10/2024. Durante el período señalado, todos aquellos a quienes afecta la concentración, podrán formular las observaciones escritas que estimen oportunas.
A los propietarios que en su declaración aportaron un correo electrónico, se les remitirá su Boletín individual de la propiedad y plano con las parcelas aportadas, a dicho correo. Para el resto de los propietarios, los días 3, 5, 10, 12, 19, 24 Y 26 DE SEPTIEMBRE DE 2024, Y 1, 3, 8, 10 Y 15 DE OCTUBRE DE 2024, en el horario de 9:00 a 14:00 horas, se pondrá a su disposición un técnico, en el Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, para entregar los Boletines individuales de la propiedad y plano con las parcelas aportadas y/o aclarar las posibles dudas
Concentración parcelaria de la Vega del Tajuña
Situación actual del proceso:
El Decreto 20/1992, en su artículo 3.4. declaró de utilidad pública y urgente ejecución la C.P. de los municipios de la comarca de Las Vegas entre los que se encuentran los Términos Municipales de Ambite, Orusco de Tajuña, Carabaña, Tielmes, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña, Chinchón, Titulcia, Valdilecha y Valdelaguna.
En 2021 la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación elaboró y redactó el Estudio de Viabilidad de la concentración parcelaria de la Vega del Tajuña.
¿Qué se pretendía con este estudio?
- Difundir entre los propietarios las ventajas de la concentración parcelaria y su conveniencia para la modernización de las zonas regables
- Recabar las Manifestaciones de Conformidad de los propietarios
- Analizar la viabilidad de la concentración parcelaria
- Proponer un perímetro de concentración parcelaria en consecuencia
Resultados
Se hace constar a continuación un resumen de los resultados obtenidos por términos municipales con respecto a los %s de conformidad de Propietarios y Superficies.
Actuaciones realizadas
Para ampliar información sobre el objeto del estudio, el día 13 de mayo de 2021, en el Salón de actos del Centro cultural de Perales de Tajuña, la entonces Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad convocó a los representantes de los Ayuntamientos implicados a una reunión.
La iniciativa tuvo una excelente acogida por parte de los Ayuntamientos mostrando todos ellos su conformidad a la misma y se comprometieron a colaborar en su difusión entre la población, así como a poner a disposición de la Comunidad de Madrid todos los medios y locales necesarios para realizar las diferentes reuniones informativas para los propietarios y la atención al público de forma individual.
Con el fin de divulgar las ventajas que supondría la Concentración Parcelaria para los propietarios y para la comarca de la Vega del Tajuña en general, a partir del 31 de mayo de 2021 se comenzaron a realizar asambleas informativas en cada municipio, fijando además 2 días de recogida de Manifestaciones de Conformidad y atención individualizada a los propietarios en horario de mañana o de tarde, según corresponda, en los locales que el Ayuntamiento puso a disposición.
Información detallada de cada zona
La Comunidad de Madrid creó la página web https://www.concentracionvegadeltajuna.com/ que recoge todos los detalles del perímetro de concentración propuesto en cada municipio de forma individual, así como los modelos de Manifestación de Conformidad para cada uno de ellos.
Concentración parcelaria de Tielmes
Alcanzados los porcentajes mínimos necesarios para que se pueda iniciar un proceso de concentración parcelaria según el artículo 180 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario (más del 50% de los propietarios de la zona a concentrar o bien de un número cualquiera de ellos a quienes pertenezcan más del 75% de la superficie a concentrar) y recibida en la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación la solicitud de inicio del proceso, tanto por parte de la Comunidad de regantes de Tielmes como por la del Ayuntamiento, se están emprendiendo las acciones necesarias para proceder a acometer el proceso de concentración parcelaria.
Documentación:
Consultas relacionadas:
Por escrito mediante instancia dirigida al Área de Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente. Agricultura e Interior (C/ Alcalá, 16, planta baja, 28014 Madrid).
Concentración parcelaria de Olmeda de las Fuentes
Con fecha 10/04/2019 el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes remitió a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación una solicitud de inicio del proceso de Concentración Parcelaria de parte de su término municipal adjuntando a dicha solicitud, un informe de veracidad de las manifestaciones de conformidad a favor del proceso y un certificado del Pleno del 03/04/2019 en el que se acordó solicitar el inicio del proceso a la Comunidad de Madrid. A continuación, el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes remitió el Estudio de Viabilidad de la concentración parcelaria al Area de Desarrollo Rural. Previamente la Asociación de Agricultores y Propietarios de Olmeda de las Fuentes, en reunión celebrada el 08/02/2019, había acordado apoyar el proceso de solicitud de la Concentración Parcelaria.
La Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, establece en su artículo 180 que el procedimiento de concentración parcelaria puede iniciarse a petición de la mayoría de los propietarios de la zona o bien de un número cualquiera de ellos a quienes pertenezcan más de las tres cuartas partes de la superficie a concentrar (pudiéndose reducir al 50% cuando los propietarios que lo soliciten se comprometan a explotar sus tierras de manera colectiva).En el caso de Olmeda de las Fuentes se ha obtenido la conformidad de un 54,717% de propietarios a favor suponiendo estos un 78,102% de la superficie total, es decir se cumple el requisito exigido por la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario para que pueda iniciarse el proceso de concentración parcelaria.
La concentración parcelaria en la zona de Olmeda de las Fuentes reducirá la dispersión de las propiedades, agrupando parcelas de una misma explotación, aumentando, de este modo, la competitividad y productividad de las explotaciones agrarias. Así mismo permitirá mejorar los accesos a las fincas, contribuirá a establecer medidas de preservación del paisaje y de protección de la red de vías pecuarias, y aumentará la inmatriculación registral de la propiedad concentrada.
La Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación sometió a consulta de distintos organismos el Estudio de Viabilidad presentado (Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, Dirección General de Patrimonio Cultural, Dirección General de Urbanismo y Subdirección General de Recursos Agrarios) y finalmente emitió informe favorable con respecto al mismo.
Mediante Decreto 26/2022, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, se declaró de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de Olmeda de las Fuentes (BOCM nº 107 de 06/05/2022).
Cumplidos pues todos los trámites legalmente establecidos y validada la oportunidad de la actuación en la petición de los futuros participantes, procede determinar el perímetro inicial de la zona a concentrar, teniendo siempre en cuenta la posibilidad de su modificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 172 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
La Ley de Reforma y Desarrollo Agrario dispone que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme al artículo 129 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, determinará por Orden, los perímetros de las zonas a concentrar.
Tras ello mediante la Orden 1727/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se determinó el perímetro de la concentración parcelaria de Olmeda de las Fuentes (BOCM nº 194 de 16/08/22).
Cumplidos todos los trámites legalmente establecidos, procede el inicio del resto de los trabajos que conforman el proceso de concentración parcelaria.
Próximamente se procederá a la licitación de:
- Bases Provisionales y Definitivas.
- Plan de obras y mejoras territoriales.
- Proyecto y Acuerdo de Concentración Parcelaria.
Documentación:
Concentraciones parcelarias finalizadas
En este apartado se irán incorporando progresivamente los documentos correspondientes a las concentraciones parcelarias ya finalizadas en la Comunidad de Madrid.