
Preguntas frecuentes de espectáculos
Las cuestiones que más preocupan a los consumidores sobre espectáculos
El fin de semana pasado me prohibieron la entrada a una discoteca por llevar zapatillas de deporte. ¿Pueden hacerlo?
Si la discoteca establece como condición y en un lugar visible que para entrar hay que llevar un atuendo determinado, como por ejemplo, que todas las personas deben llevar zapatos y no zapatillas, así debe hacerse y el empresario puede ejercer el derecho de admisión.
En caso de que este derecho se ejerza arbitrariamente, es decir, que se permita la entrada al local a un usuario que no cumpla las condiciones y a otro le niegan el paso, éste último puede denunciar la situación solicitando el libro de reclamaciones.
Acudí a un concierto para comprar entradas en la taquilla, pero el precio era mucho mayor que el que anunciaban por internet. ¿Pueden cobrar diferente precio según se compre por taquilla o por internet?
Sí. Lo primero que usted debe comprobar es si el precio que anunciaban por internet era para la compra online y si establecía un precio distinto para la compra presencial en taquilla. Las empresas organizadoras pueden legalmente fijar esos dos baremos de precios, por lo que puede que el precio superior en taquilla que usted ha encontrado sea el legalmente establecido.
No obstante, para que así sea, la empresa organizadora del concierto debe informar de forma clara, en su página web y en la información que trasladen por internet, de los distintos precios de entradas para las compras online y para las presenciales.
Si la empresa no le ha informado debidamente de esta circunstancia, usted podrá interponer una reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana, ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid o a través de internet.
Han suspendido la función del espectáculo para el que había comprado la entrada. ¿Qué puedo hacer?
Si usted tenía la entrada comprada para asistir a un espectáculo y la función se ha suspendido, lo primero que debe hacer es contactar con el establecimiento en el que las adquirió. En la mayoría de los casos, le ofrecerán que elija entre la devolución del dinero que pagó por comprar la entrada o el cambio de fecha.
Si no llega a un acuerdo con la empresa vendedora o las opciones que le ofrecen no le satisfacen, usted podrá presentar una reclamación en su Oficina Municipal de Información al Consumidor o, en segunda instancia, en la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid.
Si la anulación de la entrada se produjo como consecuencia de alguna circunstancia relacionada con la pandemia de COVID-19, puede obtener más información en el siguiente reportaje.
El otro día sufrí una caída en un cine debido a la mala señalización de luces. ¿Qué responsabilidades puedo pedir?
Toda la responsabilidad de lo que le ocurra a un usuario dentro de un centro de ocio, como salas de fiestas, cines, bares, discotecas, etc, recae sobre el empresario. Éste está obligado por ley a suscribir un seguro de responsabilidad civil que le permita responder ante éstas y otras situaciones que afecten a sus clientes. La vía para reclamar sería acudir a los tribunales de justicia ordinaria.
Saqué la entrada para ver una película en un cine y cuando empezó el pase la película era otra. ¿Puedo pedir que me devuelvan el dinero?
En este caso usted como consumidor tiene derecho a que se le devuelva el precio de la entrada siempre y cuando haya abandonado el lugar donde se proyectaba la película antes de que finalizara, puesto que la ley obliga a los empresarios a reflejar en sus programas y carteles con claridad el contenido a desarrollar. Si ve la película completa, no podrá solicitar la devolución.
Si se va la luz en mitad de un espectáculo y no se puede reanudar el mismo, ¿tengo derecho a que se me devuelva el precio de la entrada?
Según la ley, el consumidor tiene derecho a que se le reintegre total o parcialmente el importe de la entrada cuando el espectáculo o actividad recreativa sean suspendidos o modificados sustancialmente, salvo que los hechos se produzcan ya comenzado el espectáculo o actividad y sean ocasionados por causa de fuerza mayor. Por ejemplo, en caso de un apagón podemos fijarnos a la salida si este se ha proferido también en los locales colindantes y hacerlo constar en nuestra reclamación.
Tengo entendido que en la Comunidad de Madrid los menores de edad pueden acceder a locales donde se realicen actuaciones en directo, ¿es eso cierto?
Sí, según la legislación vigente (artículo 25 de la Ley 7/1997, de 27 de junio, de espectáculos públicos, recientemente modificada por la Ley 5/2015, de 18 de diciembre), los menores de edad podrán asistir a espectáculos y conciertos en directo que se realicen en bares especiales, salas de fiesta, discotecas y establecimientos similares.
Al finalizar la actuación, no podrán permanecer en el establecimiento. En el caso de los menores de 16 años, podrán asistir a esos espectáculos en directo si están acompañados por sus padres o tutores.
Fui a un parque de atracciones y el precio de las entradas y el horario eran diferentes a lo que se anunciaba en la página web. ¿Qué puede reclamar?
Cabe la posibilidad de que una empresa establezca precios diferentes para las compras online y presenciales. No obstante, en el caso de que así sea, tienen la obligación de indicarlo claramente, para evitar confusión en las personas consumidoras.
Del mismo modo, en la entrada del recinto deben tener expuesto de forma clara y visible el horario y el listado de precios.
Si la diferencia de precios fuera por un error en la web, el consumidor puede presentar una reclamación (siempre que pueda acreditar dicho error, por ejemplo, con un pantallazo de la web).
En este caso, al tratarse de una queja relacionada con horarios y precios, puede presentar una declaración ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, la mayor parte de las cuestiones relativas a parques de atracciones y ocio son asumidas por las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, que dependen de los diferentes ayuntamientos.