Fusiones bancarias: cómo afectan a los consumidores
Si su banco tiene planes de fusionarse con otro, es normal que le surjan multitud de preguntas. En este reportaje ofrecemos las respuestas a las dudas sobre qué pasará con su cuenta, su tarjeta, su préstamo, su hipoteca o su seguro.
En primer lugar, los clientes deben saber que no se producirá ningún cambio que les afecte a corto plazo, ya que los procesos de fusión son complejos y necesitan de un tiempo de adaptación. Además, la entidad resultante de la fusión les irá comunicando las novedades con antelación.
No obstante, es importante que revise todos los detalles de la relación que le une con su banco.
Cuenta
Los principales cambios que puede experimentar una cuenta en el caso de una fusión son:
- IBAN: Son los propios bancos los que asocian el antiguo IBAN a un nuevo IBAN sin que el cliente tenga que preocuparse de nada, por lo que podrá seguir recibiendo ingresos y haciendo pagos sin problemas. En caso de que se modifique, el banco deberá informar debidamente a los clientes, que serán los que deban notificar el nuevo IBAN a sus pagadores.
- Condiciones contractuales: Una fusión puede implicar cambios en rentabilidad, comisiones o requisitos de vinculación. En caso de modificaciones, el banco tiene un plazo de dos meses para comunicarlo, tal y como recoge el artículo 22 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre de servicios de pago. Si las nuevas condiciones no le satisfacen, sepa que puede cancelar el contrato sin ningún coste.
Si tuviera una cuenta o depósito en cada uno de los bancos fusionados, recuerde que la garantía de 100.000 euros del Fondo de Garantía de Depósito es por titular y entidad, por lo que debemos valorar si nuestro saldo total entre ambas entidades supera ese límite.
Si utiliza la banca online, es posible que le cambien la plataforma virtual y la aplicación desde la que realiza sus operaciones.
Tarjetas
La entidad resultante de la fusión podrá cambiar las condiciones de la tarjeta, si bien el banco tendrá la obligación de comunicar al cliente las modificaciones con, al menos, dos meses de antelación. Ante nuevas condiciones, como puedan ser el aumento de la cuantía de las comisiones, el cliente podrá cancelar las tarjetas si no está interesado.
Al culminarse la fusión, la entidad bancaria podrá enviar a sus clientes una nueva tarjeta con el nombre del nuevo banco y la nueva imagen corporativa, la cual tendrá un número de cuenta asociado a la nueva entidad bancaria.
Hipotecas
La nueva entidad bancaria resultante de la fusión tiene la obligación de respetar las condiciones de la hipoteca, tales como el tipo de interés, el plazo de amortización, las comisiones, los requisitos de bonificación del interés, el importe pendiente o el periodo de devolución.
En el caso de productos financieros asociados a la hipoteca, tales como seguros, comisiones de tarjetas o planes de pensiones, sí podrán subir o bajar de precio, a no ser que el contrato estipule algo distinto. No obstante, si el cliente no está de acuerdo con las nuevas condiciones, podrá cancelar estos servicios. Aunque deberá tener cuidado, ya que, si cancela alguno de los servicios por los que el banco le concedía bonificación, puede que, al perder esa bonificación, vea incrementada la cuota mensual de su hipoteca.
Por otro lado, si el cliente tiene una cuenta en uno de los bancos que se fusiona y la utiliza para pagar las letras de la hipoteca, la entidad resultante no podrá imponer una comisión de mantenimiento distinta de la firmada en su día en la escritura de la hipoteca. Si la cuenta se usa para otros fines, como domiciliaciones o recibos, las condiciones podrán sufrir cambios con la fusión.
Productos de duración determinada
Si el cliente tiene contratado un préstamo con una entidad en proceso de fusión, las condiciones de su préstamo no se verán afectadas. Un préstamo es un contrato de duración determinada y, por lo tanto, las cuotas, intereses, periodicidad y duración se mantienen idénticos.
Sí puede haber cambios en los productos o servicios vinculados al préstamo, como por ejemplo el seguro de vida, el de hogar o el de pagos, ya que sus condiciones no aparecen en la escritura, aunque las modificaciones no podrán afectar a las condiciones de la hipoteca.
Podemos encontrarnos con que el banco resultante de la fusión no pueda gestionar alguno de estos productos porque no tenga ese convenio. En ese caso, podrán ofrecer otro plan de pensiones u otro seguro, dejando la opción de que el consumidor pueda cerrar el contrato o llevarlo a otra compañía.
Información
Es recomendable que los clientes de entidades bancarias implicadas en una fusión tengan en cuenta que puede haber cambios en su oficina habitual y que se le asigne un nuevo gestor. Incluso puede que su oficina cierre, en cuyo caso nos deberán indicar cuál será muestra nueva oficina de referencia.
La entidad resultante deberá también crear un nuevo servicio de atención al cliente para reclamaciones de, por ejemplo, cláusulas abusivas. En el caso de que la demanda ya esté interpuesta con anterioridad y haya una sentencia estimatoria a favor del consumidor, la nueva entidad se hará cargo de ese pago.
La fusión puede hacer que surjan nuevos productos que antes no estaban a disposición del cliente. Por eso es recomendable que el cliente consulte al asesor de su banco para que le ponga al día y conozca si alguno de esos nuevos productos le resulta ventajoso.
Recuerde que es muy importante leer, conocer y comprender las condiciones generales y particulares de los contratos que firme. Analice, contraste las ventajas e inconvenientes y pida toda la información que necesite antes de contratar o cambiar a un nuevo producto.
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