
Atención al contribuyente
AVISO IMPORTANTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
- Desde el 1 de julio, el plazo de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los hechos imponibles realizados a partir de esa fecha, será el establecido en la normativa propia de cada impuesto, dejando de estar en vigor la ampliación de plazos establecida por la Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública de 26 de marzo de 2020.
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Desde el 8 de junio se ha retomado la atención al público en las oficinas de información y asistencia al contribuyente situadas en el Paseo del General Martínez Campos, 30.
Sólo se atenderá con cita previa.
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Para las gestiones en Pº General Martínez Campos,30, la cita puede solicitarse a través de los siguientes medios:
1. Por teléfono: 901 50 50 60 / 91 580 94 04 en horario de 8:00 a 15:30, de lunes a viernes (no festivos).
2. Por vía telemática: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/tributos
- Para las gestiones en Oficinas liquidadoras la cita puede solicitarse por vía telemática en: https://www.registradores.org/informacion-al-ciudadano/cita-previa/cita-previa-oficinas-liquidadoras
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Para la elaboración y presentación telemática de autoliquidaciones relativas a operaciones societarias puede solicitarse cita en el Registro Mercantil por vía telemática en:
- Le recordamos que se pueden seguir realizando los trámites de forma telemática a través de la Oficina Virtual, así como la presentación de escritos y solicitudes a través del Registro Telemático de la Comunidad de Madrid.
- A efectos del cómputo de plazos, se interrumpen desde el día 13 de marzo y hasta el momento en que pierdan vigencia todas las medidas adoptadas. A tales efectos, la Comunidad de Madrid ha declarado inhábiles los días del 13 al 26 de marzo de 2020 (ambos incluidos) y amplió en un mes los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos que gestiona cuyo plazo de presentación no hubiera vencido el 12 de marzo de 2020. Dicho plazo ha sido nuevamente ampliado por dos meses adicionales.
- Para cualquier consulta, pueden ponerse en contacto a través del teléfono de atención 901505060 / 915809404 (de 8:00 a 15: 30 de lunes a viernes no festivos).
- Para cuestiones relacionadas con la Junta Superior de Hacienda, pueden dirigirlas a junta.superior.hacienda@madrid.org.
- Para cuestiones relacionadas con valoraciones de bienes inmuebles, pueden dirigirse a subdir.gral.valoraciones@madrid.org o cita_valorprevia_inmueble@madrid.org para cita presencial, consignando NIF/NIE y nombre y apellidos de la persona a atender. La cita asignada se comunicará por correo electrónico.
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Para cuestiones relacionadas con Recaudación Ejecutiva, pueden dirigirse a la web https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/recaudacion-ejecutiva
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En relación a la Inspección de Tributos será necesario solicitar cita previa para los trámites relacionados con notificaciones, procedimiento sancionador derivado de un Acta de Inspección y cualesquiera otros posteriores a la firma de un Acta de Inspección, en el correo inspeccion.hacienda@madrid.org
En el enlace que se muestra a continuación podrá encontrar información adicional.
Muchas gracias por su comprensión.
AUTOLIQUIDACIÓN OBLIGATORIA PARA EL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES
Con la entrada en vigor el 31 de diciembre de 2020 de la Ley 10/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo de 25 de mayo de 2018, se modifica la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y se establece el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio, por lo que a partir de esa fecha, no se admitirá la presentación de declaraciones que no vayan acompañadas de las autoliquidaciones de los interesados.
Cita previa obligatoria
En la oficina liquidadora del Paseo del General Martínez Campos 30, es imprescindible solicitar cita para la consulta de expedientes, elaboración de autoliquidaciones e información general.
Temas de interés
Recursos y reclamaciones
Preguntas Frecuentes
Aquí encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes del contribuyente madrileño
Defensor del Contribuyente
El Defensor del Contribuyente recibe las quejas y sugerencias formuladas por anomalías en el funcionamiento de los servicios tributarios de la Comunidad de Madrid.